SAP Barcelona 737/2012, 5 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución737/2012
Fecha05 Septiembre 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Sexta.

ROLLO Nº 51-12(R)

J. FALTAS: 182-12

J. INSTRUCCIÓN: GR 3.

Sentencia recurrida: 23/02/12.

APELANTE.- Benjamín

SENTENCIA Nº

En Barcelona, a 5 de Septiembre de 2012.

VISTO, en grado de apelación, por el Iltma.Sra. Magistrada de esta sección Dª Mª Magdalena Jiménez Jiménez, constituida en Tribunal Unipersonal, el Juicio de Faltas seguido bajo el número indicado por el Juzgado señalado en el encabezamiento, por una falta de HURTO, en el que fueron partes : en calidad de denunciante: CARREFOUR y de denunciado: el indicado en encabezamiento, con intervención del M. Fiscal en representación del interés público; los cuales penden ante esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por el denunciado, contra la Sentencia dictada en los mismos en la fecha referida, por el Sr. Magistrado- Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada, para lo que aquí interesa,

CONDENA al recurrente como autor penalmente responsable de una falta de hurto en tentativa, a la pena de multa de 30 días a razón de una cuota diaria de 3 euros.

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia se interpuso recurso de apelación por el condenado en primera instancia, al cual se opuso el M. Fiscal, y, seguidos los trámites legales, se dio traslado de la causa a esta Ponente para Resolución.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se acepta el relato de hechos probados de la Sentencia recurrida

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alega error en la valoración de la prueba en relación a los hechos determinantes de la eximente completa de estado de necesidad y consiguiente infracción de ley por inaplicación del art. 20.5º

C.Penal .

Dentro de la eximente de estado de necesidad hay que encuadrar el hurto famélico o miserable que, como dice la STS 20/03/1991, "... para que se de cómo eximente completa o incompleta es menester que sea inevitable, entendiendo esta exigencia, esencia de la eximente, con una cierta flexibilidad, pues el recurso subsidiario de acudir a la beneficencia pública o privada no siempre será factible por la urgencia del caso, lugar en el que ocurra la necesidad, crisis económica que dificulta tal recurso, etc...La falta de alguno de los requisitos exigidos, en particular el exceso del mal causado con relación a la necesidad sentida, dará paso a la eximente incompleta e, incluso a la atenuante analógica"

En el caso de autos NO concurre el núcleo esencial de la eximente de estado de necesidad...

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