SAP Murcia 362/2012, 21 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución362/2012
Fecha21 Septiembre 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00362/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL Rº 152/12

SECCION SEGUNDA J.F. 1446/10

MURCIA Murcia-6

S E N T E N C I A N U M. 3 6 2/ 2 0 1 2

En la ciudad de Murcia, a veintiuno de septiembre de dos mil doce.

Visto por el Ilmo. Sr. Magistrado D. ABDON DIAZ SUAREZ, al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de Apelación núm. 152/12, dimanante de los autos de Juicio de Faltas núm. 1446/10, sobre "descuido en custodia animal", procedente del Juzgado de Instrucción núm. Seis de Murcia en el que ha sido parte, Constanza asistida por la Letrada Sra. Vallejos Serrano en calidad de apelado y, como apelante, Estefanía .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de juicio de

faltas con el núm. 1446/10, el Juzgado de Instrucción núm. Seis de Murcia dictó sentencia con fecha 8 de septiembre de 2.011, cuyos hechos probados establecen: "El día veintiocho de noviembre del año 2.010, sobre las 20.00 horas, se encontraba Estefanía sacando a pasear al perro de su propiedad, mezcla de pastor alemán, por las inmediaciones de su domicilio, en concreto en la zona del Carril Quiles de Puente Tocinos (término municipal de Murcia), sin llevar al perro cogido con correa alguna y sin bozal de ninguna clase, provocando que el can se fuera de su lado y acudiera a una zona descampada próxima (donde se encontraba Luis Pedro paseando a la perra mestiza de color canela propiedad de su esposa, Constanza ), donde atacó con fiereza a esa perra con varios mordiscos, uno de los cuales penetró a través del abdomen de la can, yendo más allá de los planos musculares y a través del diafragma para llegar al tórax y fracturar dos costillas (haciendo precisa cirugía torácica en el animal), consiguiendo finalmente don Luis Pedro apartar al perro atacante de su perra y llevarse a esta última a su casa primero y luego al veterinario, donde el animal quedó ingresado por sus politraumatismos por mordeduras diversas y estuvo varios meses en seguimiento de sus heridas hasta el alta definitiva el 12-1- 2.011"

SEGUNDO

El fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que debo condenar y condeno a Estefanía como autora responsable de una falta contra el orden público del artículo 631.1 del Código Penal por dejar animales feroces o dañinos sueltos o en condiciones de causan un mal, entendiéndose adecuada la pena de treinta días multa y considerando imponible la cuota día de seis euros.

Y, en cualquier caso, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago (voluntario o por la vía de apremio) de esta multa impuesta (total de 180 euros de multa), conforme al artículo 53 del Código Penal, que se cifra en un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas diarias impagadas en régimen de ingreso penitenciario. Estefanía deberá de indemnizar a Constanza en una cifra de principal de 986'22 euros, con intereses legales (los correspondientes al artículo 576-1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a saber, el interés legal del dinero incrementado en dos p untos) desde el día del dictado de esta Sentencia (8-IX-2011 ) hasta la satisfacción de ese importe a la referida perjudicada.

Que debo absolver y absuelvo a Estefanía de la falta del artículo 636 del Código Penal, por realización de actividades sin tenencia de los seguros obligatorios al efecto, de la que venía siendo acusada.

Todo ello con imposición de las costas de este procedimiento por mitad a Estefanía, declarando de oficio la mitad restante".

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por Estefanía, que fue admitido en ambos efectos; y, tras el trámite de impugnación, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, designándose Magistrado por turno a fin de conocer de dicho recurso; quedando los autos para dictar sentencia.

CUARTO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

  1. HECHOS PROBADOS

Se dan por reproducidos los hechos declarados probados por la sentencia recurrida, que expresamente se aceptan.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución recurrida condena a la apelante como autora de una falta contra los intereses

generales tipificada en el artículo 631 del Código penal, que castiga a...

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