STSJ Asturias 2608/2012, 19 de Octubre de 2012
Ponente | MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2012:3916 |
Número de Recurso | 2149/2012 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 2608/2012 |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2012 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 02608/2012
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax:985 20 06 59
NIG: 33044 34 4 2012 0102178
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002149 /2012
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000088/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº001 de MIERES
Recurrente/s: FRES NO ALTAMIRANO SL
Abogado/a: JOAQUIN GONZALEZ CADRECHA
Recurrido/s: Primitivo
Abogado/a: ANA MARIA SUAREZ PANDO
Sentencia nº 2608/12
En OVIEDO, a diecinueve de Octubre de dos mil doce.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ y Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0002149/2012, formalizado por el letrado D. JOAQUIN GONZALEZ CADRECHA, en nombre y representación de FRESNO ALTAMIRANO SL, contra el auto dictado por JDO. DE LO SOCIAL N.1 de MIERES en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000088/2012, seguidos a instancia de Primitivo frente a FRESNO ALTAMIRANO S.L, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
En el Juzgado de lo Social nº1 de Mieres tuvo entrada demanda interpuesta por Primitivo frente a FRESNO ALTAMIRANO S.L., en reclamación de cantidad.
Con fecha 16-04-12 se dictó Auto despachando orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante frente a la parte ejecutada por importe de 150 euros en concepto de principal y que se practicase la liquidación de intereses solicitada. Contra esta resolución se interpuso por la parte demandada recurso de reposición que fue desestimado por auto de 12 de Junio de 2012, interponiendo frente al mismo recurso de suplicación que fue impugnado de contrario.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 12 de setiembre de 2012.
Admitido a trámite el recurso se señaló el día para los actos de votación y fallo el 4 de octubre de 2012.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,
La sentencia del Juzgado de lo Social de Mieres, de 9 de marzo de 2.011, estimando en parte la demanda formulada por el actor, condenó a las empresas codemandadas a abonarse una indemnización por los daños y perjuicios sufridos a causa de accidente de laboral. Recurrida en suplicación, fue confirmada por sentencia de esta Sala de 20 de enero de 2.002 que condenó a la pérdida del depósito efectuado por la empresa recurrente y al abono, en concepto de honorarios a la parte impugnante, de 150 euros.
En el Auto de 26 de abril de 2.012 se acordó despachar ejecución, correspondiente a los honorarios del Letrado de la actora, impugnante del recurso de suplicación, por importe de 150 euros y practicar la liquidación de intereses, Auto que fue recurrido en reposición por el ahora recurrente frente al cual articula recurso de suplicación denunciando, al amparo del artículo 193.c) de la Ley de la Jurisdicción Social, infracción del artículo 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
La empresa recurrente, en el momento en que anunció el recurso de suplicación frente a la sentencia de 9 de marzo de 2.011, acompañó los documentos acreditativos de haber efectuado la consignación de la cantidad objeto de condena, manifestando que "se consigna en...
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ATS, 21 de Mayo de 2013
...lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Principado de Asturias de fecha 19 de octubre de 2012, en el recurso de suplicación número 2149/2012 , interpuesto por FRESNO ALMATIRANO S.L., frente al auto dictado por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Mieres de fecha 12 de junio de 2012......