SAP Murcia 598/2012, 20 de Septiembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 598/2012 |
Fecha | 20 Septiembre 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00598/2012
Rollo Apelación Civil núm. 574/12
Ilmos. Señores
D. CARLOS MORENO MILLAN
Presidente
D. JUAN MARTINEZ PEREZ
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
Magistrados
En la Ciudad de Murcia, a veinte de septiembre de dos mil doce.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial los autos del Juicio Ordinario que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Murcia, con el núm. 1.170/10, entre las partes: como parte actora en primera instancia y apelante en esta alzada, Dña. Carolina, en ambas instancias representada por la Procuradora Dña. Dolores Carrillo López, siendo defendida por el Letrado D. José Antonio Hortelano Planes; y como demandada en primera instancia y apelado en esta alzada, la mercantil "Mediterráneo Seguros Diversos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.", en ambas instancias representada por la Procuradora Dña. Gemma María Pérez Haya, siendo defendida por el Letrado D. Joaquín Vicente González Sempere.
Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTINEZ PEREZ, que expresa la convicción del Tribunal.
Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 29 de noviembre de 2011, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: " Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procurador Dª DOLORES CARRILLO LÓPEZ en nombre y representación de Dª Carolina contra LA MERCANTIL MEDITERRÁNEO VIDA S.A. DE SEGURSO Y REASEGUROS, representada por la Procuradora Dª GEMMA PÉREZ HAYA, debo condenar a la parte demandada a que abone al actora la cantidad, ya entregada, de ONCE MIL SEISCIENTOS QUINCE EUROS CON TRES CÉNTIMOS (11.615,03 #), más el interés legal en la forma determinada en el artº. 20 de la L.C.S
., todo ello sin expresa condena en costas en esta instancia. "
Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la Procuradora de los Tribunales Dña. Dolores Carrillo López en nombre y representación de Dña. Carolina
, siéndole admitido, presentando la Procuradora Dña. Gemma María Pérez Haya en representación de la parte demandada, la mercantil "Mediterráneo Seguros Diversos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.", escrito de oposición al recurso formulado de contrario. Siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo nº 574/12, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose la parte actora hora apelante y la parte demandada y apelada en esta alzada, señalándose Deliberación y Votación para el día 18 de septiembre de 2012.
Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
En el recurso de apelación formulado en nombre de Doña Carolina se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se condene a la entidad aseguradora al pago de las cantidades que se refieren. En síntesis se indica que al asegurado no se le brindó posibilidad alguna de intervenir en la declaración de salud contenida en la póliza contratada; que se estaba en presencia de un modelo estandarizado al que el asegurado se limitaba a adherirse; que se incurre en error al valorar la prueba, pues se resta importancia a la distinta tonalidad de la letra de las respuestas relativas a las circunstancias de salud y se da credibilidad a la declaración prestada por la testigo Doña Elisabeth ; que el cuestionario sólo fue firmado por el asegurado, limitándose a su adhesión, lo que equivale a la ausencia de cuestionario.
La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda, condenando a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad, ya entregada, de 11.615,03 #, más el interés...
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...oscuridad». 75 La enfermedad que causó la incapacidad permanente del actor, en el caso que está en la base de la SAP de Murcia (Sección 4.ª) de 20 de septiembre de 2012 (JUR 2012\369193). También, en el de la SAP de Sevilla (Sección 6.ª) de 29 de octubre de 2015 (JUR 2016\14379): «En el cue......