SAP Barcelona 365/2012, 17 de Septiembre de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 17 Septiembre 2012 |
Número de resolución | 365/2012 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMONOVENA
ROLLO Nº 696/2011- E
Juicio verbal Nº 89/2011
Juzgado Primera Instancia 44 Barcelona
S E N T E N C I A Nº 365/12
Ilmo. Sr.
RAMÓN FONCILLAS SOPENA
En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de septiembre de dos mil doce.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, seguidos por el Juzgado Primera Instancia 44 Barcelona, a instancia de ALLIANZ, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. contra ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U. contra la sentencia dictada en los mismos el dia 15 de junio de 2011, por el/la Sr./a. Magisrtrado/a del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor literal siguiente: "Decido: Que estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador de los tribunales Sr. Badía, en nombre y representación de Allianz Seguros contra Endesa Distribución Eléctirca, Condenando a essta última a satisfacer a la actora la suma ochocientos cinco euros con setenta céntimos (805,70 euros), más el interés devengado desde el día 17.01.11 hasta hoy, devengando el global resultante interés legal elevado en dos puntos desde hoy hasta la completa satisfacción de la actora, imponiéndose las costas procesales a la demandada.".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria y elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para resolver la presente apelación el día 13 de septiembre de 2012.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo designado Magistrado Único el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA.
Ejercita la actora Allianz, por vía de subrogación del art. 43 LCS, la acción de reclamación frente a Endesa del valor de diversos aparatos eléctricos y electrónicos que sufrieron daños por deficiencias del suministro eléctrico en el domicilio de su asegurado.
La sentencia de primera instancia ha estimado la demanda y contra esta decisión se alza la demandada a través del presente recurso.
No cuestiona la demandada su responsabilidad en el siniestro, es decir, que hubiera sido causado por incidencias del suministro eléctrico a ella achacables. Su oposición se centra en dos cuestiones, a saber, el propio fundamento o justificación de la subrogación de la que dependería la legitimación de la actora y el importe de la indemnización concedida.
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