Cuestión Vinculante nº V1956-08 de Direccion General de Tributos, 28 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2008
Normativa aplicadaTRLIS RDLeg 4/2004 arts. 9-3, 120, 121, 122, 136-3

El apartado 3 del artículo 9 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (en adelante TRLIS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, considera como entidades parcialmente exentas a las entidades e instituciones sin ánimo de lucro a las que no resulte de aplicación el título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

La entidad consultante no reúne los requisitos necesarios para que le resulte de aplicación la Ley 49/2002 puesto que no se trata de una asociación de utilidad pública, si bien, en la medida que no tuviese ánimo de lucro, estaría considerada como entidad parcialmente exenta, a la que le resultaría de aplicación, por lo tanto, el régimen especial previsto en el capítulo XV del título VII del TRLIS.

La aplicación del mencionado régimen especial supone que, tal y como establece el artículo 121 del TRLIS, estarán exentas del Impuesto sobre Sociedades las siguientes rentas:

Las que procedan de la realización de actividades que constituyan su objeto social o finalidad específica.

Las derivadas de adquisiciones y de transmisiones a título lucrativo, siempre que unas y otras se obtengan en cumplimiento de su objeto social o finalidad específica.

Las que se pongan de manifiesto en la transmisión onerosa de bienes afectos a la realización del objeto social o finalidad específica cuando el importe obtenido se destine a nuevas inversiones relacionadas con dicho objeto social o finalidad específica.

La exención no alcanzará a los rendimientos derivados de explotaciones económicas, ni a los derivados del patrimonio, ni a los incrementos de patrimonio distintos de los mencionados en los párrafos anteriores.

Se considerarán rendimientos de una explotación económica todos aquellos que procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno sólo de estos factores, supongan por parte del sujeto pasivo la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

En definitiva, las rentas obtenidas por la entidad consultante estarán exentas, siempre que procedan de la realización de su objeto social o finalidad específica y no deriven del ejercicio de una explotación económica. A este respecto, las cuotas satisfechas por los asociados, generalmente constituirán rentas exentas...

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    ... ... , por un lado, se delimita de manera general, el contribuyente del IS, explicitando las ... , técnica , si responde a una cuestión de esta naturaleza, etc. En cualquier caso, es ... los procedimientos de aplicación de los tributos (RGAT) ... Asimismo, las entidades parcialmente ... ) (véase STS nº1392/2022 de 31 de Octubre de 2022 [j 3] sobre la impugnación de ciertos ... [j 7] ); de ganaderos ( CDGT V1015-08, 22.05.2008 [j 8] ). También están exentas parcialmente ... parcialmente exonerado del IS ( CDGTV 1956-08, 28.10.2008 [j 9] ) y las entidades urbanísticas ... citada ↑ Cuestión Vinculante nº V2118-07 de Direccion General de Tributos, 5 ... ↑ Cuestión VinculanteV1956-08 ... ...

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