SAP Madrid 277/2012, 12 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución277/2012
Fecha12 Julio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 29

MADRID

SENTENCIA: 00277/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN VIGÉSIMA NOVENA

ROLLO 191/12-RP

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 359/11

JUZGADO DE LO PENAL Nº 25 DE MADRID

SENTENCIA nº 277/12

Ilmos. Señores Magistrados:

Doña ANA MARÍA FERRER GARCÍA

Doña LOURDES CASADO LÓPEZ (Ponente)

Doña M. LUZ ALMEIDA CASTRO

En Madrid, a 12 de julio de 2012

VISTO en segunda instancia, ante la Sección Vigésima Novena de esta Audiencia Provincial de Madrid, el Juicio Oral de Procedimiento Abreviado nº 359/11 procedente del Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid seguido contra Indalecio por un delito de ROBO CON FUERZA, venido a conocimiento de esta Sección en virtud de recurso de apelación que autoriza el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por el acusado contra Sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del expresado Juzgado con fecha 20 de febrero de 2012 . Siendo parte en el presente recurso como apelante el citado acusado, representado por la Procuradora D. ª Myriam Álvarez del Valle Lavesque y asistido de la letrada D. ª María Luisa Padin Izquierdo y como apelado el MINISTERIO FISCAL.

Ha sido ponente la Magistrada D. ª LOURDES CASADO LÓPEZ quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20 de febrero de 2012 se dictó sentencia en Procedimiento Juicio Oral de referencia por el Juzgado de lo Penal núm. 25 de Madrid .

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos como probados:

" En una hora no determinada entre las 3,30 horas del día 25 de Abril de 2010, y las 00,30 del día 26 de Abril de 2010, Indalecio,nacido el NUM000 -81 en Rumania, con NOI NUM001,mayor de edad y sin antecedentes penales, accedió al interior del establecimiento de hostelería denominado "El Viejo León ',,propiedad de la esposa de Teofilo, sito en la calle Alfonso X de Madrid, tras fracturar la cerradura de una ventana corredera de dicho local. Dentro del establecimiento igualmente fracturó las cerraduras de tres cajas de caudales, de la máquina de tabaco y de una caja registradora, apoderándose de tabaco valorado en 900 euros, así como de 175 euros que había en la caja registradora y de 3700 euros que había en una caja de caudales .

Los daños causados en el local ascendieron a 396 euros .";

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Indalecio como autor responsable criminalmente de un delito de robo con fuerza en las cosas prevenido en el artículo 237, 238-2 ° y 240 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, imponiéndole la pena de un año de prisión,y con aplicación de lo establecido en el artículo 56,2 del Código Penal,con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena e igualmente se condena a Indalecio a indemnizar a la propietaria del establecimiento "El Viejo León" con la con la cantidad de 4775 euros por los efectos sustraídos ( dinero en metálico y tabaco y no recuperados, y con 396 por los daños causados y con expresa imposición de las costas procesales ."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal del acusado D. Indalecio .

TERCERO

Admitido a trámite se dio traslado del escrito de formalización del recurso de apelación a las partes, siendo evacuado por el Ministerio Fiscal, que impugnó dicho recurso interesando su desestimación y la confirmación de la sentencia.

CUARTO

Remitidas las actuaciones a la Audiencia Provincial, fueron turnadas a la Sección 29ª y registradas al número de Rollo 191/12 RP y no estimando necesario la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo, quedando pendiente de sentencia.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. D. ª LOURDES CASADO LÓPEZ, que expresa el parecer de la Sala.

HECHOS PROBADOS

No se aceptan los hechos probados de la sentencia recurrida, que se sustituyen por los siguientes:

"Entre las 3:30 horas del día 25 de abril de 2010 y las 00:30 horas del día 26 de abril de 2010, persona o personas que no han resultado identificadas, con ánimo de obtener un enriquecimiento ilícito, fracturaron la cerradura de una ventana corredera del establecimiento de hostelería "El Viejo León" sito en la calle Alfonso X de Madrid y entrando en su interior quebraron las cerraduras de tres cajas registradoras, apoderándose de tabaco valorado en 900 euros y de 3.700 euros que había en una de las citadas cajas . Los daños causados en el local han sido tasados en la suma de 396 euros".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

- La defensa del acusado D. Indalecio interpone recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Penal 25 de Madrid, por la que se condena al acusado como autor de un delito de robo con fuerza, denunciando la vulneración del principio de presunción de inocencia, pues basándose la condena en el hecho de que se hallaran unas huellas del acusado en la parte interior de una ventana corredera cuya cerradura aparecía fracturada, no constituye actividad probatoria suficiente y apta para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado.

En cuanto a la prueba pericial compareció al acto del juicio oral el agente de policía identificado con el nº NUM002, quien manifestó que no fue quien elaboró el informe pericial, que fue el Gabinete...

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