STSJ Comunidad de Madrid 447/2012, 30 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución447/2012
Fecha30 Mayo 2012

RSU 0002802/2012

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00447/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003

C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27

N.I.G: 28079 34 4 2012 0054206, MODELO: 40225

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002802 /2012

Materia: OTROS DESPIDOS

Recurrente/s: Sofía

Recurrido/s: HORNO GALLEGO ALFER SL

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 34 de MADRID de DEMANDA 0001136 /2011 DEMANDA 0001136 /2011

Sentencia número: 447/12-MH

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA

En MADRID, a treinta de Mayo de dos mil doce, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 003 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 2802/2012, formalizado por el Letrado D. ANDRES PRIETO CHAPARRO, en nombre y representación de Dª. Sofía, contra la sentencia de fecha 23-02-12, dictada por JDO . DE LO SOCIAL nº 34 de MADRID en sus autos número 1136 /2011, seguidos a instancia de Dª. Sofía frente a HORNO GALLEGO ALFER SL, en reclamación por despido, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr.

D. JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

  1. - Prestó la demandante sus servicios por cuenta de la Empresa demandada con antigüedad de fecha

    29 de Marzo de 2010, categoría de Dependiente nivel 5A y salario mensual total de 1.093,99 #.

  2. - En fecha 30 de Septiembre de 2011 se celebró ante el SMAC de Madrid el acto de conciliación interesado por el demandante que resultó sin efecto conciliatorio por incomparencia de la demandada que no constaba debidamente citada al mismo.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que debemos desestimar íntegramente la demanda interpuesta por Dª Sofía contra HORNO GALLEGO ALFER, SOCIEDAD LIMITADA y a su tenor, previa declaración de inexistencia de Despido, debo absolver libremente a la demandada.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por el Letrado D. ANDRES PRIETO CHAPARRO, en nombre y representación de Dª. Sofía, no siendo impugnado de contrario.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 3-05-12, dictándose las correspondientes y subsiguientes resoluciones para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 31-05-12 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia se alza en suplicación el actor articulando, en primer lugar y por el 193 b) de la LRJS la adición de dos extremos al hecho probado 1º una relativo al escrito de denuncia de 21-1-11 y la contestación de la inspección de trabajo el 9-06-11, extremo innecesario pues tal dato ya lo recoge la sentencia en el párrafo 2º in fine del fundamento de derecho 3º pudiendo examinar por ello la Sala directamente tales documentos y otra que pretende relatar el emplazamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 9 de Julio de 2013
    • España
    • 9 Julio 2013
    ...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 30 de mayo de 2012, en el recurso de suplicación número 2802/2012 , interpuesto por Dª Macarena , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 34 de los de Madrid de fecha 23 de febrero de 2012 , e......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR