SAP A Coruña 249/2012, 25 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 249/2012 |
Fecha | 25 Junio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00249/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
Sección nº A CORUÑA
Rollo: 540/2012
ORGANO DE PROCEDENCIA: XULGADO DE MENORES N. 1 DE A CORUÑA
PROC.ORIGEN: EXPEDIENTE DE REFORMA 243/2011
PERJUDICADOS:
SERGAS
Amelia
Fátima
SENTENCIA Nº 249
ILTMA. SRA. PRESIDENTA
DOÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS
DON LUIS BARRIENTOS MONGE
DON SALVADOR P. SANZ CREGO
En A Coruña, a veinticinco de junio de dos mil doce.
LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los
Magistrados/as reseñados/as al margen, ha pronunciado
En nombre de S.M. el Rey
La siguiente
SENTENCIA
En el recurso de apelación penal Nº 540/12, interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado Menores de A Coruña, en el Expediente Núm.: 243/2011, seguidas de oficio por un delito de lesiones, figurando como apelante la acusada Teresa, defendida por la letrada Sra. Vázquez Corral y como apelado el MINISTERIO FISCAL; siendo Ponente del presente recurso el Ilmo. Sr. SALVADOR P. SANZ CREGO .
Por la Ilma. Sra. Magistrada- Juez del Juzgado Menores de A Coruña con fecha 05-03-12, dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como sigue " FALLO: Imponer a la menor Teresa como autora de dos faltas de lesiones y una falta de vejaciones, la medida de realización de tareas socioeducativas durante 6 meses, encaminadas fundamentalmente a control de impulsos, empatía, así como reflexionar sobre lo inadecuado de su conducta.
Con imposición de las costas procesales.
En concepto de responsabilidad civil, la menor expedientada como responsable civil directa y solidariamente su madre Celsa indemnizará:
Al Sergas en la cantidad de 483,72 # por la asistencia médica prestada a las lesionadas, a razón de 241,86 euros cada una.
A Amelia en la cantidad de 320 euros por los días de curación y 200 euros por los desperfectos de sus gafas.
A Fátima en la cantidad de 490 euros por los días invertidos en la curación de las lesiones sufridas.
De seguirse otro procedimiento en la jurisdicción de adultos por estos mismos hechos, TENGASE EN CUENTA en cuanto a la pieza de ejecución civil a fin de evitar duplicidad en el cobro".
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de Apelación por la representación procesal de la menor Teresa, que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 23- 03-2012, dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.
Por Diligencia de Ordenación de fecha 03-04-2012, se acordó elevar todo lo actuado a la Oficina de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se designó ponente y se celebró vista el día 23-05-12.
HECHOS PROBADOS
Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducido, en aras de la brevedad.
Se acepta la fundamentación de la sentencia recurrida.
Se opone la recurrente Teresa a la sentencia de instancia invocando un presunto error en la valoración de la prueba así como, relacionado con este motivo de impugnación, una presunta infracción de precepto legal, pero ninguna de estas alegaciones, por las razones que acto seguido se indicarán, puede prosperar.
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