SAP Toledo 212/2012, 9 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución212/2012
Fecha09 Julio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TOLEDO 00212/2012

Rollo Núm. ............ 17/2012.-Juzgado Mercantil de Toledo.-J. Ordinario Núm.........13/08.- SENTENCIA NÚM. 212

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUAREZ SANCHEZ

Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE

En la Ciudad de Toledo, a nueve de julio de dos mil doce.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 17 de 2012, contra la sentencia dictada por el Juzgado Mercantil de Toledo, en el juicio ordinario núm. 13/08, sobre reclamación de cantidad y acumulada acción de responsabilidad de los administradores, en el que han actuado, como apelante DON Leoncio y DOÑA María Inés, representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Martín Santacruz; y como apelado MARSIPEL INDUSTRIA DE CURTUMES S.A., representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Parra Martín y defendido por el Letrado Sr. Torija Martín.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado Mercantil de Toledo, con fecha 30 de enero de 2012, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuyo FALLO dice: "Estimar íntegramente la demanda interpuesta por Marsipel Industria de Curtumes S.A. contra Yoyra Sport S.L., D. Leoncio y Dª María Inés y en consecuencia condeno solidariamente a los codemandados al pago a favor de la parte actora de la suma de 6.616,54 euros, más los intereses legales, así como las costas del presente procedimiento".- SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por los administradores codemandados, dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.- SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre por D. Leoncio y Dª María Inés, administradores de la mercantil Yoyra Sport S.L., igualmente condenada, declara en rebeldía en la litis, la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil de Toledo, de fecha 30 de enero de 2012, que estimó la demanda interpuesta por la mercantil Marsipel Industria de Curtumes S.A. y condenó solidariamente a los codemandados al pagarle 6.616,54 euros, con sus intereses y costas.

Tal resolución es recurrida por las administradores sociales bajo la invocación, como único motivo, de error en la valoración de la actividad probatoria y por ende de la fundamentación jurídica de la...

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