SAP Barcelona 70/2012, 23 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha23 Febrero 2012
Número de resolución70/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSÉPTIMA

ROLLO núm. 365/2011

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 SABADELL (ANT.CI-6)

JUICIO VERBAL Nº 733/2010

S E N T E N C I A núm. 70/2012

Ilma. Sra.:

Doña María Sanahuja Buenaventura

En la ciudad de Barcelona, a veintitres de febrero de dos mil doce.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 733/2010 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 4 Sabadell (ant.CI-6), a instancia de Rodrigo quien se encontraba debidamente representado/a por Procurador y asistido/ a de Letrado, actuaciones que se instaron contra Vidal, WINTERTHUR SEGUROS GENERALES, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS Y VAC MARROQUINERIA S.L, quien igualmente compareció en legal forma mediante Procurador que le representaba y la asistencia de Letrado; actuaciones que penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de Rodrigo contra la Sentencia dictada en los mismos de fecha 14 de septiembre de 2010, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la Sentencia recaída ante el Juzgado de instancia y que ha sido objeto de apelación, es del

enor literal siguiente:

"FALLO

Se desestima la demanda interpuesta por Rodrigo contra Vidal, AXA SEGUROS (antes, WINTERTHUR SEGUROS GENERALES), y VAC MARROQUINERIA SL, absolviendo a estos últimos de los pedimentos de la actora, sin efectuar expresa imposición de las costas procesales, debiendo abonar cada parte las causadas a su instancia, y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Rodrigo y admitido se dio traslado del mismo al resto de las partes con el resultado que es de ver en las actuaciones, y tras ello se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en la Ley, el señalamiento tuvo lugar el pasado veinticuatro de febrero de dos mil doce.

CUARTO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª María Sanahuja Buenaventura.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Invocando el artículo 1902 CC, D. Rodrigo formuló demanda de juicio verbal contra D. Vidal, AXA SEGUROS (antes, WINTERTHUR SEGUROS GENERALES), y VAC MARROQUINERIA SL, solicitando se dicte sentencia condenando a los demandados, solidariamente, al pago de la suma de 1.078,80 #, más los intereses legales, siendo los del artículo 20 LCS respecto a la Aseguradora, y ello por los daños causados a su vehículo en el accidente ocurrido el día 27/07/2007.

AXA se opuso a la demanda alegando, como único motivo la prescripción de la acción, considerando que no es aplicable el plazo del Código Civil Catalán.

La sentencia considera de aplicación el artículo 1968,1 CC, y entiende transcurrido el plazo de un año, pues el siniestro acaeció el 27/07/2007, y la demanda fue presentada en fecha 31/03/2010. Transcribe los argumentos de la sentencia de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Barcelona, de fecha 10 de marzo de 2010, que concluye que " al no existir una norma de derecho catalán que regule la responsabilidad civil extracontractual, y ser de aplicación lo que al respecto dispone el Código Civil, en tanto que perdure esta situación, es decir, hasta que no se regule dicha materia por el legislador catalán, habrá que aplicar los plazos prescriptivos del Código mencionado, y no los del libro primero del Código Civil Catalán, pensados para regular el derecho propio ". Y desestima la demanda ya que la acción se halla prescrita.

SEGUNDO

D. Rodrigo expone en su recurso que, reiterada y pacífica jurisprudencia de las Audiencias Provinciales de Catalunya...

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