AAP Madrid 131/2012, 1 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución131/2012
Fecha01 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

AUTO: 00131/2012

Rollo: RECURSO DE APELACION 169 /2012

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1953 /2010

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 90 de MADRID

Ponente: ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

APELANTE : DOBLE C & MG, S.L.

Procurador: LOURDES BRAVO TOLEDO

APELADO : Jacinta

Procurador: VIRGINIA SALTO MAQUEDANO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

En MADRID, a uno de junio de dos mil doce.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante DOBLE C & MG, S.L. representado por la Procuradora Sra. Bravo Toledo y de otra, como apelada demandada DOÑA Jacinta representada por la Procuradora Sra. Salto Maquedano, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON JESÚS RUEDA LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid, en fecha 28 de octubre de 2011, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "PARTE DISPOSITIVA: 1.- SE ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO del presente proceso iniciado por el Procurador Sr/a LOURDES BRAVO TOLEDO en nombre y representación de DOBLE C & MG S.L., frente a Jacinta .

  1. - Procédase al archivo de las actuaciones".

SEGUNDO

Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra el meritado auto, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 28 de mayo de 2012.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurso de apelación formulado contra el auto de instancia por el que se acuerda el

sobreseimiento del presente proceso por incomparecencia de la actora en el acto de audiencia previa se fundamenta en el entendimiento de la parte de que no se debía haber celebrado tal acto cuando en los autos se había notificado el cambio de dirección legal (sic.) de la actora y fue el día anterior cuando se había recogido la nueva designación, no citando el recurrente qué norma legal se ha infringido y en qué precepto funda su pretensión de que el cambio de dirección letrada o de postulación de una parte sea causa legal de un nuevo señalamiento, causa ésta que no es ninguna de las señaladas en el artº. 183 LEC menos aún cuando la propia parte ni tan siquiera solicitó ese...

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