STSJ Comunidad de Madrid 183/2008, 8 de Febrero de 2008

PonenteMIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS
ECLIES:TSJM:2008:624
Número de Recurso1009/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución183/2008
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00183/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

SENTENCIA 183

RECURSO NÚM.:1009-2004

PROCURADOR DÑA. PALOMA SOLERA LAMA

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados

D. J. Ignacio Parada Vázquez

Dña. María Antonia de la Peña Elías

D. Santos Gandarillas Martos

D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo

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En la Villa de Madrid a 8 de febrero de 2008

Visto por la Sala del margen el recurso núm. 1009-2004 interpuesto por ELECTROTÉCNICA COBRA, S. COOP. LTDA representado por la procuradora DÑA. PALOMA SOLERA LAMA contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 9 de junio de 2004, por la que se desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la concesión del modelo de utilidad nº U 2000033191(9) "Conjunto de componentes de función para lámparas de descarga", habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

Estimándose necesario el recibimiento a prueba y una vez practicadas las mismas, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 29.1.2008 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 9 de junio de 2004, por la que se desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la concesión del modelo de utilidad nº U 2000033191(9) "Conjunto de componentes de función para lámparas de descarga", publicado en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial de 1 de marzo de 2004.

SEGUNDO

La recurrente en su escrito de demanda solicita la anulación la concesión del modelo de utilidad. El concedido contraviene lo establecido en el art. 143 de la ley de Patentes al consistir exclusivamente en un cambio de estructura que no constituye una invención técnica, citando en su interés distintas sentencias del Tribunal Supremo. La Oficina ha incurrido en un error al valorar exclusivamente las diferencias estructurales y no las supuestas ventajas del modelo de utilidad respecto de lo ya conocido, no citándose ni una sola ventaja.

Por el Abogado del Estado se solicita la desestimación del recurso.

TERCERO

El 24 de enero de 2002 (BOPI de 1 de marzo 2002) se acordó la concesión del modelo de utilidad n° 200003191. El 1 de abril de 2002 se interpuso el presente de alzada cuya desestimación es objeto del presente recurso, el principal argumento del demandante es la falta de novedad en relación con una serie de catálogos y revistas.

Con carácter previo debemos poner de manifiesto que el actor no ha practicada prueba alguna en este procedimiento. Con lo cual sólo tenemos los documentos presentados antes la Oficina, concretamente la revista "Electro noticias" de número 92 - Octubre 2000 (con Depósito Legal M 7509-1986), ya que no consta una fecha de divulgación anterior que nos permita afirmar que sean anteriores a la solicitud del modelo de utilidad sometido a estudio. Únicamente esta referencia documental obrante en el expediente, junto con el informe emitido por el Órgano del área de modelos y semiconductores, son los elementos de valoración que tiene la Sala para pronunciarse sobre la legalidad del acto impugnado.

CUARTO

En el informe técnico obrante en las actuaciones...

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