SAP Asturias 141/2012, 22 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución141/2012
Fecha22 Marzo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OVIEDO

SENTENCIA: 00141/2012

Rollo:414/11

S E N T E N C I A NÚM.141/12

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Agustín Azparren Lucas

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Javier Antón Guijarro

En Oviedo a, veintidós de Marzo de dos mil doce.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000377 /2010, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION

N.2 de LAVIANA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000414 /2011, en los que aparece como parte apelante, ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS S.A, representado por la Procuradora de los tribunales, Sr./a. ANGELES DEL CUETO MARTINEZ, asistido por el Letrado D. RAMON ALONSO PRIEDE, y como parte apelada, Dionisio, representado por la Procuradora de los tribunales, Sr./

  1. Dª PATRICIA GOTA BREY, asistido por el Letrado D. EMILIO MATANZA VALDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia núm.2 de LAVIANA dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 3-05- 2011 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de D. Dionisio contra la entidad Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. DEBO CONDENAR Y CONDE NO a la demandada a abonar al actor la cantidad de

6.761,47 euros más lo que representen los intereses de mora, que al tratarse de Compañía de Seguros se fijará en el tipo de interés anual igual al legal del dinero vigente en el momento del devengo, incrementado en un 50% desde la fecha del siniestro hasta el definitivo y efectivo pago, no obstante, transcurridos más de dos años desde la producción del siniestro, el interés anual no podrá ser inferior al 20%, imponiéndose a la demandada las costas procesales".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada ALLIANZ, CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 22-03-12, quedando los autos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Don Javier Antón Guijarro.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza la apelante "Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A." contra la Sentencia de fecha 3 mayo 2011 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Laviana en el Juicio Ordinario 377/2010, alegando en el recurso primeramente el error en la apreciación de la prueba en relación con los días impeditivos, pues entiende que el período de curación de las lesiones sufridas por el demandante Don Dionisio debe computarse en 120 días. El segundo motivo del recurso a la indebida aplicación de los intereses del art. 20 L.C .S., pues la aseguradora realizó la oportuna consignación en el Juicio de Faltas de la suma de

4.531,50 euros, a lo que se añade la posterior consignación de otros 5.727,83 euros. Finalmente, se recurre el pronunciamiento relativo a las costas causadas en la primera instancia, pues la estimación parcial del pedimento del actor debe conducir a su no imposición.

SEGUNDO

Discutido primeramente el tiempo de curación de las lesiones sufridas por el actor Don Dionisio con ocasión del accidente de circulación ocurrido el día 11 octubre 2007, la tesis sostenida por la compañía aseguradora en su recurso viene a ser que fue el...

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