SAP Madrid 416/2010, 24 de Septiembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución416/2010
Fecha24 Septiembre 2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00416/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91-4933835/6/3909/11 Fax: 91-493.39.10

N.I.G. 28000 1 7011723 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 721 /2009

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1179 /2008

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 44 de MADRID

De: AFTER SCHOOL ACTIVITIES, S.L.

Procurador: MARIA DOLORES MAROTO GOMEZ

Contra: MINISTERIO DE DEFENSA

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Ponente: ILMO. SR. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a veinticuatro de septiembre de dos mil diez. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid,

compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 44 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado Ministerio de Defensa, representado por el Sr. Abogado del Estado, y de otra, como demandado-apelante After School Activities, S.L., representado por la Procuradora Dña. Mª Dolores Maroto Gómez y asistido del Letrado cuyo nombre y nº de colegiación no consta en el escrito de interposición del recurso de apelación.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 44, de Madrid, en fecha 3 de marzo de 2009, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Abogado del Estado en nombre y representación del Ministerio de Defensa contra la entidad "After School Activities, S.L.", representad por la procuradora Dña. María Dolores Maroto Gómez y, en consecuencia, debo condenar y condeno a esta última a abonar la parte actora la cantidad principal de 8.410,79 euros, desglosada en: a) 3.196,29 euros en concepto de la mitad de la condena impuesta por el Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, en Sentencia de 23 de abril de 2.007, dictada en autos promovidos por Doña María José Arconada Molero, b) 1.501,52 euros en concepto de la mitad de la condena impuesta por el Juzgado de lo Social nº 23 de Madrid en Sentencia de 20 de diciembre de 2.006, dictada en autos promovidos por Don Iban Hernández Durán, c) 1.241,60 euros, en concepto de la mitad de la condena impuesta por el Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid, en Sentencia de 21 de diciembre de 2.006

, dictada en autos promovidos por Don Iban Hernández Durán y d) 2.471,38 euros en concepto de un tercio de la condena impuesta por el Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, en Sentencia de 21 de julio de 2.006, dictada en autos promovidos por Doña Zaida González González, condenando igualmente a la demandada al abono de los intereses legales de cada una de dichas cantidades, desde la fecha del respectivo requerimiento extrajudicial y al abono de las costas causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha once de noviembre de 2009, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veintidós de septiembre de dos mil diez.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se acepta íntegramente y se da por reproducida la fundamentación jurídica de la sentencia apelada y de modo especial el fundamento de derecho primero, en el que se relata precisa y exhaustivamente los hechos y actos que dan sustento a la pretensión deducida el 1 de julio de 2008 por el Sr. Abogado del Estado en representación del Ministerio de Defensa, al que por su...

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