SAP Valencia 103/2012, 15 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Febrero 2012
Número de resolución103/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

--- SECCION TERCERA

Rollo Apel. Penal nº50/2.012

Procedimiento Abreviado nº 75/2.011

Juzgado de lo Penal número nº 1 de Gandia

Juzgado de Instrucción nº 1 de Gandia

Diligencias Urgentes nº 112/2.011

SENTENCIA

Nº 103 -2.012

Ilmas. Señorías:

PRESIDENTE: Doña LUCIA SANZ DIAZ

MAGISTRADO: Don LAMBERTO J RODRÍGUEZ MARTINEZ

MAGISTRADA: Doña REGINA MARRADES GOMEZ

En la ciudad de Valencia, a quince de febrero de dos mil doce.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por las Ilmas. Señorías antes reseñadas, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia, de fecha 21 de septiembre de 2.011, dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de los de Valencia, seguido en el expresado Juzgado con número 75/2.011, que a su vez dimana de Diligencias Urgentes nº 112/2.011, seguido en el Juzgado de Instrucción número 1 de Gandia, por delito contra la seguridad del tráfico.

Han sido partes en el recurso, como apelante, Esteban, representado por el Procurador de los Tribunales D. Rafael Nogueroles Peiró y bajo la dirección letrada de Dª Gemma Impar Frasquet Carbo, y como apelado, el Ministerio Fiscal representado por la Ilma. Sra. Dª Carmen Pastor, siendo Ponente la Magistrada Dª REGINA MARRADES GOMEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: " Queda probado, y así se declara, que Esteban, ejecutoriamente condenado, en/2004, 0tre otras. Por sentencia firme de fecha 2 de septiembre de 2003, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Gandia, por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas a una pena de tres meses de multa con cuota diaria de 6 euros y 1 año y 1 día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, por sentencia firme de fecha 25/10/2004, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Gandia, por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas a una pena de 4 meses de multa con cuota diaria de 6 euros y 10 meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores y por un delito de resistencia a los agentes de la autoridad a una pena de 6 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por sentencia firme de fecha 3/11/2005, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Gandia, por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas a una pena de 4 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros y 16 meses de privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, por sentencia firme de fecha 30/03/2099, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Gandia, `por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas a una pena de 8 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad y 2 años y 8 meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores y por un delito de conducción sin permiso a una pena de 12 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros; el día 8 de mayo de 2011, siendo aproximadamente las 01:15 horas, conducía por la Avenida del Grau de la localidad de Gandia, el ciclomotor marca Yamaha, modelo YP180E, con matrícula ....RRR el acusado conducía con sus facultades psicofísicas idóneas a tal actividad mermadas por la previa ingesta de bebidas alcohólicas como se evidenció no sólo por los síntomas observados por la Policita Local actuante tales como: aliento a alcohol claramente detectable a distancia, aspecto abatido, comportamiento charlatán, rostro enrojecido, ojos brillantes, habla pastosa, deambulación vacilante, orientación ene le tiempo y en espacio confusa, locuacidad extrema, impregnación alcohólica mediante etilómetro evidencial "Drager 7110-E debidamente calibrado, a las 01:24 y las 01:38 horas, resultó portador de sendas tasas de 1,18 y 1,10 miligramos de alcohol por litro de aire espirado . El acusado renunció al contraste analítico de tales resultados.

El acusado conducía a pesar de tener retirado judicialmente el permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores en virtud de las Ejecutoria 394/11 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Gandia, derivada de la sentencia firme de fecha 26/04/11 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Gandia, arriba mencionadas, habiendo sido notificado de la liquidación e condena y apercibido del cumplimiento de la pena d privación del derecho a conducir vehículos a motor y ci8clomotores y de las consecuencias legales de su incumplimiento y también por haber sido condenado a la pérdida de vigencia del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por sentencia firme de fecha 30/03/2009, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Gandia ."

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: " Que debo condenar y condeno a Esteban como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad...

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