SAP Madrid 521/2010, 22 de Octubre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución521/2010
Fecha22 Octubre 2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00521/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91-4933835/6/3909/11 Fax: 91-493.39.10

N.I.G. 28000 1 7012933 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 799 /2009

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 386 /2008

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 21 de MADRID

De: Justiniano

Procurador: VICTORIA RODRIGUEZ-ACOSTA LADRON DE GUEVARA

Contra: Pedro, Zaida

Procurador: MARIA DEL PILAR MOYANO NUÑEZ, MARIA DEL PILAR MOYANO NUÑEZ

Ponente: ILMO. SR. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a veintidós de octubre de dos mil diez. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid,

compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandantes-apelados D. Pedro y DOÑA Zaida, representados por la Procuradora Dª Pilar Moyano Núñez y asistidos de la Letrado Dª Sonia Velarde Cureses, y de otra, como demandado-apelante D. Justiniano, representado por la Procuradora Dª Victoria Rodríguez Acosta Ladrón de Guevara y asistido del Letrado D. Ignacio Aparicio Carol.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Veintiuno de los de Madrid, en el indicado procedimiento ordinario 386/08, se dictó, con fecha 2 de junio de 2009, sentencia con Fallo del siguiente tenor:

"Que estimando la demanda formulada por la procuradora de los tribunales DÑA PILAR MOYANO NÚÑEZ, en nombre y representación de D. Pedro y DÑA Zaida, contra D. Justiniano, debo condenar a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 200.000 euros más los intereses moratorios desde el 31 de marzo de 2003, con expresa imposición de costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha resolución interpuso recurso de apelación el demandado, Don Justiniano . Las actuaciones ingresaron en esta Audiencia Provincial el 3 de diciembre de 2009.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial correspondió, por reparto, el conocimiento del recurso a esta Sección Decimotercera. Fue incoado el correspondiente rollo y se asignó ponencia, con arreglo a las normas preestablecidas al efecto. Se señaló para la DELIBERACIÓN, VOTACIÓN y FALLO del recurso el día 20 de octubre de este año y dicho día fue examinada y decidida la apelación por este Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Tribunal acepta los Fundamentos de Derecho de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Los actores, Don Pedro y Doña Zaida, reclaman en la litis a Don Justiniano la devolución de 200.000 euros, prestados al último en el año 2002 o con anterioridad a dicho año, más los intereses legales desde la fecha de vencimiento del préstamo, habiéndose, en su día, fijado por las partes la de 31 de marzo de 2003. El demandado se ha allanado a la pretensión de pago del principal de 200.000 euros y se ha opuesto a la reclamación de intereses, invocando que los mismos no fueron pactados, con invocación de los artículos

1.282 y 1.281 del Código Civil, sobre interpretación de los contratos, y el principio de no presunción de onerosidad del préstamo.

El Juzgado dictó, con fecha 27 de febrero de 2009 auto condenando al demandado, en razón del allanamiento, a pagar a los demandantes, Don Pedro y Doña Zaida, 200.000 euros, en razón del allanamiento (artículo 21, apartado dos, de la Ley de Enjuiciamiento Civil ) y mandando seguir el proceso respecto del resto de las pretensiones ejercitadas en la demanda (intereses reclamados y costas).

La sentencia de la primera instancia condenó al demandado al pago de los intereses reclamados (moratorios desde el 31 de marzo de 2003) y al pago de...

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