SAP Granada 34/2011, 2 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Febrero 2011
Número de resolución34/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

(Sección 1ª)

GRANADA

APELACIÓN PENAL Nº 347/10.-PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 30/08.- (J. Instrucc. Nº 3 Motril).-JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE MOTRIL.- (Rollo nº 29/2009).- La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. relacionados al margen, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente

-SENTENCIA Nº 34- ILTMOS. SRES:

Don Carlos Rodríguez Valverde .

Don Jesús Flores Domínguez .

Doña M Marta Cortes Martínez .

En la ciudad de Granada, a dos de Febrero de dos mil once.-. . . . . . . . . . . . . . . .

Examinado, deliberado y votado en grado de apelación por la sección primera de esta Audiencia Provincial, sin necesidad de celebración de vista, el Juicio Oral. Rollo número 347/ 2.010, del Juzgado de lo Penal n º 1 de Motril, por un delito contra los derechos y deberes familiares tipificado en el Art. 227 del Código Penal, siendo parte el Ministerio Fiscal y como apelante, Jacobo, representado por el Procurador Sr. Gabriel Francisco García Ruano y defendido por el Letrado Sr. Antonio Diego Funes Briones; actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. M Marta Cortes Martínez.- -ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO .- Por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Motril se dictó sentencia núm. 301/ 2010 de fecha diez de Mayo de dos mil diez en la cual se declaran probados los siguientes hechos: "De la prueba practicada ha resultado probado que por sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Motril en fecha 22/3/2005 y en los autos de divorcio nº 317/04, se fijó, entre otras medidas, la obligación del acusado, Jacobo, de abonar a la denunciante, Candida, la suma de 150 euros mensuales, actualizables conforme al IPC del año anterior, como contribución para alimentos de su hijo menor.- Que el acusado no ha satisfecho ninguna cantidad por estos conceptos desde el mes de enero de 2006, a pesar de contar con medios económicos para hacerlo".- SEGUNDO .- La parte dispositiva de la Sentencia expresa textualmente: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Jacobo como autor criminalmente responsable de un delito de abandono de familia, ya definido, a la pena, de 6 MESES DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE 6 #, y sometimiento a responsabilidad personal subsidiaria de 3 meses de privación de libertad o trabajos comunitarios en caso de impago y al pago de las costas procésales; así como a abonar la suma de CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (5.229,42 euros); cantidad que devengará los intereses legales del articulo 576 LEC .".- TERCERO .- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Jacobo basado en un único motivo: Disconformidad con las cantidades fijadas en el fallo de la Sentencia sobre responsabilidad civil declarada.- CUARTO .- Presentado ante el Juzgado de lo Penal y dado traslado a las demás partes, fueron remitidos los autos a esta Audiencia Provincial, habiéndose señalado para su deliberación, votación y fallo el día Veintiséis de Enero de dos mil once, al no estimarse necesaria la celebración de vista.- QUINTO .- Se acepta la relación de hechos probados que contiene la sentencia apelada que quedó antes transcrita.- SEXTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.- -

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