SAP Castellón 235/2007, 16 de Noviembre de 2007

PonenteMARIA VICTORIA PETIT LAVALL
ECLIES:APCS:2007:989
Número de Recurso147/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución235/2007
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

UDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN PRIMERA

Rollo de apelación núm. 147 de 2007

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Castellón

Juicio Ordinario núm. 585/2006

SENTENCIA NÚM. 235

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

Magistrados:

D. PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO

Dª. MARÍA VICTORIA PETIT LAVALL

________________________________________

En la ciudad de Castellón, a dieciseis de noviembre de dos mil siete.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día once de abril de dos mil siete por la Sra. Juez Sustituta del Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Castellón en el juicio ordinario seguido en dicho Juzgado con el número de autos 585/2006.

Son partes en el recurso, como apelante el demandante Banco Vitalicio de España, S.A., representado por el Procurador D. Ramón Soria Torres y defendido por la Letrada Dª. Concepción Carrillo Soto, siendo apelada la demandada Servidiesel Castellón Vehículos Industriales, S.A., representada por la Procuradora Dª. Mª Ángeles d'Amato Martín y defendida por el Letrado D. Alfredo Ramón Amer.

Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARÍA VICTORIA PETIT LAVALL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la Sentencia apelada literalmente dice: "Que estimando la excepción de falta de legitimación activa planteada por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª Ángeles d'Amato Martín en nombre y representación de la mercantil Castellón Vehículos Industriales, S.A. frente a la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Ramón Soria Torres en nombre y representación de la compañía de seguros Banco Vitalicio de España, S.A., procede la desestimación de la demanda sin entrar a conocer del fondo de la cuestión planteada y todo ello con expresa imposición de costas a la demandante.- Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y pueden interponer recurso de apelación...- Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de Banco Vitalicio, S.A. se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación contra la misma, del que se dio traslado a la otra parte, que se opuso al mismo.

Una vez admitido a trámite se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, que tras tener entrada en el Registro General correspondió su conocimiento a la Sección Primera, en virtud del reparto de asuntos el día 25 de junio de 2007. Por Providencia de 26 de junio de 2007 se acuerda la formación del presente rollo, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Carlos Domínguez Domínguez. Por Providencia de 25 de septiembre de 2007 se señala para la deliberación y votación del presente recurso el día 8 de noviembre de 2007 y por Providencia de 5 de noviembre de 2007 se designa ponente a la Ilma Sra. Magistrada Suplente Dª. MARÍA VICTORIA PETIT LAVALL, por permiso oficial del designado en su día.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

NO SE ACEPTAN los Fundamentos de Derecho de la Sentencia impugnada.

PRIMERO

La representación de la entidad aseguradora Banco Vitalicio de España, S.A. presenta demanda de juicio ordinario en ejercicio de acción subrogatoria del art. 43 LCS y de reembolso del 1158 Cc contra Servi Diesel Castellón Vehículos Industriales, S.A. Reclama la cuantía de 28.678,01 euros más los intereses legales, importe pagado en virtud del contrato de seguro suscrito con su asegurado Ambientrans, S.L., contra Servi Diesel Castellón Vehículos Industriales, S.A. por entender que dicha mercantil ha sido la causante del daño al ocasionar su deficiente reparación la avería en el motor del camión siniestrado. La representación de la demandada Servi Diesel Castellón Vehículos Industriales, S.A. se opone a dicha demanda, alegando con carácter previo la excepción de falta de legitimación activa de la aseguradora y, en cuanto al fondo, por entender que carece de responsabilidad en la avería del motor del camión asegurado. La sentencia de instancia estima la excepción de falta de legitimación activa. Se alza contra la misma la representación de la demandante y solicita su revocación, desestimándose la excepción de falta de legitimación activa y consiguientemente dictándose otra con estimación total de la demanda. Por su parte, la representación de la demandada solicita la confirmación de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Debe procederse en primer término a analizar la concurrencia de la excepción de falta de legitimación activa admitida por la sentencia apelada. En la presente litis la entidad aseguradora Banco Vitalicio de España, S.A. presenta demanda contra Servi Diesel Castellón Vehículos Industriales, S.A., tercer causante del daño, en virtud del art. 43 LCS. Entiende la aseguradora que pagada la...

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