SAP Santa Cruz de Tenerife 105/2011, 15 de Marzo de 2011
Jurisdicción | España |
Fecha | 15 Marzo 2011 |
Número de resolución | 105/2011 |
SENTENCIA
Ilmas. Sras.
Presidenta (por sustitución)
Carmen Padilla Márquez
Magistradas
Da. María Luisa Santos Sánchez
Da. María Aránzazu Calzadilla Medina (Ponente-Suplente)
En Santa Cruz de Tenerife, a quince de marzo de dos mil once.
Visto por las Ilmas. Sras. Magistradas arriba expresadas, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la codemandada Da. Estibaliz, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Santa Cruz de Tenerife, en autos de Juicio Ordinario no 314/2009, seguidos a instancias de la Procuradora Da. Yolanda Morales García, bajo la dirección de la Letrada Da. María Soledad Suárez Cruz en nombre y representación de D. Baltasar, contra Da. Estibaliz, representada por la Procuradora Da. Teresa Medina Martín, bajo la dirección del Letrado D. César Ricardo Vera Ayala, y D. Franco, representado por la Procuradora Da. Cristina Togores Guigou, bajo la dirección de la Letrada Da. María del Carmen Sacramento Hernández; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Da. María Aránzazu Calzadilla Medina, Magistrada de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,
En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha dieciseis de julio de dos mil diez, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "Que estimando la demanda formulada por el demandante D. Baltasar, representado por el Procurador de los Tribunales DNA. YOLANDA MORALES GARCIA, contra los demandados DNA. Estibaliz, representada por el Procurador de los Tribunales Dna. TERESA MEDINA MARTIN, y D. Franco, representado por el Procurador de los Tribunales DNA. CRISTINA TOGORES GUIGOU de las circunstancias de identificación que constan en autos:
-
- Declaro la resolución del contrato de Cesión de Bienes a cambio de Alimentos, otorgado el 24 de julio de 2007 por el actor D. Baltasar y la demandada Dna. Estibaliz, por el incumplimiento por parte de esta de las obligaciones contraídas en dicho contrato.
-
- Condeno a la demandada Dna. Estibaliz a que deje libre y a disposición del actor D. Baltasar la vivienda sita en el Grupo los Verodes, CALLE000 no NUM000, NUM001 NUM002 de Santa Cruz de Tenerife, dentro del plazo de un mes a contar de la firmeza de esta resolución y apercibiéndole de lanzamiento a su costa si no lo verificare dentro de dicho plazo.
-
- Condeno a la demandada Dna. Estibaliz a que abone al actor D. Baltasar la cantidad de 300 # mensuales a contar desde el mes de noviembre de 2008 y hasta el efectivo desalojo de la vivienda ocupada por la demandada, cuya cuantía se acreditará en período de ejecución de sentencia. 4.- Condeno expresamente a Dna. Estibaliz al pago de todas las costas de este pleito.".
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la codemandada Da. Estibaliz ; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposición la parte demandante, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.
Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrada-Presidenta Da. Pilar Muriel Fernández-Pacheco; personándose oportunamente la parte apelante por medio de la Procuradora Da. Teresa Medina Martín, bajo la dirección del Letrado D. César Ricardo Vera Ayala, la parte apelada-demandante se personó por medio de la Procuradora Da. Yolanda Morales García, bajo la dirección de la Letrada Da. María Soledad Suárez Cruz, sin que se haya personado el apelado D. Franco ; senalándose para votación y fallo el día veintiuno de febrero del corriente ano, en la que fue sustituída la Ponente designada por la Ilma. Sra. Magistrada- Suplente Da. María Aránzazu Calzadilla Medina.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en tanto no se contrapongan con los de la presente resolución.
El recurso interpuesto por la representación procesal de la demandada (Sra. Estibaliz ) insta la revocación de la sentencia de instancia en la medida en la que sostiene que la demanda contra ella interpuesta debe ser desestimada por cuanto no ha incumplido las obligaciones dimanantes del contrato de cesión de bienes a cambio de alimentos por ambas partes suscrito, alegando que el actor lo que intentaba era rescindir un contrato que voluntariamente firmó impidiendo la prestación de los cuidados que le ofrecían y obteniendo una satisfacción económica extraordinaria. Por medio de dicho negocio, celebrado en escritura pública el 24 de julio de 2007, la hoy apelante se obligaba a cuidar y asistir al Sr. Baltasar hasta su fallecimiento así como a sufragar los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Garantías, extinción y régimen fiscal del contrato
...y atenciones ya prestados». Entre las sentencias de las audiencias, vid., la SAP Pontevedra 16-6-2011 (AC 2011/1463), la SAP Santa Cruz de Tenerife 15-3-2011 (JUR 2011/216891) o la SAP Granada 20-11-2009 (JUR [105] Entre los partidarios de la primera opción, GUILARTE ZAPATERO, V., op.cit., ......