AAP Madrid 44/2011, 18 de Marzo de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 44/2011 |
Fecha | 18 Marzo 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28
MADRID
AUTO: 00044/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 28ª
t6
Rollo de apelación nº 516/2010.
Materia: Derecho procesal
Órgano judicial de origen: Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid
Autos de origen: 73/2010
Apelante: Dª Soledad, D. Millán
Procurador/a: Dª María del Pilar Pérez Calvo
Letrado/a: D. Juan José Pérez Calvo
Apelada: Dª Belen
Procurador/a:D. José Luis Martín Jaureguibeitia
Letrado/a: D. Fernando Martín Corroto
A U T O nº 44/11
En Madrid, a 18 de marzo de 2011.
La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. Ángel Galgo Peco, D. Gregorio Plaza González y D. Pedro María Gómez Sánchez, ha visto el recurso de apelación, bajo el nº de rollo 516/2010, interpuesto contra el auto de fecha 20 de mayo de 2010 dictado en los autos jurisdicción voluntaria (convocatoria judicial de junta general) 73/2010, seguido ante el Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid..
Las partes han actuado representadas y con la asistencia de los profesionales identificados en el encabezamiento de la presente resolución.
El Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid dictó el 20 de mayo de 2010, en el procedimiento de referencia, auto cuya parte dispositiva establece: "Se acuerda la suspensión del procedimiento número 73/2010 al apreciarse en los hechos base de la cuestión civil planteada el carácter necesario que impide resolver el objeto del presente procedimiento hasta la resolución de la cuestión prejudicial por los tribunales civiles.".
Contra dicha resolución interpusieron recurso de apelación Dª Soledad y D. Millán que, admitido por el mencionado juzgado y tramitado en legal forma, con oposicion de Dª Belen, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase. La deliberación y votación para el fallo del asunto se realizó el 17 de marzo de 2010.
Ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. D. Ángel Galgo Peco, quien expresa el parecer de la Sala.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
El presente expediente trae causa de la solicitud formulada en su día por Dº Soledad y D. Millán a fin de que se convocase judicialmente la junta general de RESTAURANTE TONY'S, S.L.. El Juzgado, a la vista de las alegaciones efectuadas por Dª Belen en su condición de administradora de la referida mercantil, y tras dar audiencia a los promotores del expediente, apreciando la existencia de la prejudicialidad civil alegada por aquella, acordó la suspensión de la tramitación hasta que recayese sentencia firme en los autos de juicio ordinario tramitados con el número de registro 2347/2009 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Madrid. Tales autos tienen su origen en la demanda presentada por la Sra Belen contra los Sres. De Soledad Millán solicitando que se declare nulo el cuaderno paticional de los bienes de D. Millán padre de los Sres. Soledad Millán y esposo de la Sra. Belen, y, subsidiariamente, la rescisión de la partición hereditaria.
La juzgadora de primera instancia fundamenta su decisión en que en el proceso promovido ante el Juzgado de Primera Instancia lo que se dirime es la eficacia...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Decisión del expediente de jurisdicción voluntaria y ejecución e impugnación de la resolución
... ... Así, el precepto 18 del mismo cuerpo legal, advierte que en casos de ... que fundamentan la pretensión –STS de 4 octubre de 2011–. [j 2] De lo contrario, la separación del ... Así, el AAP Madrid, Sección 18ª, de 18 de marzo de 2011, [j 7] manifiesta ... ...