STSJ Islas Baleares 248/2011, 11 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución248/2011
Fecha11 Abril 2011

T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00248/2011

SENTENCIA

248

En la Ciudad de Palma de Mallorca a 11 de abril de dos mil once.

ILMOS SRS.

PRESIDENTE

D. Gabriel Fiol Gomila.

MAGISTRADOS

D. Fernando Socías Fuster.

Dª Alicia Esther Ortuño Rodríguez.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears los autos Nº 477/2009, dimanantes del recurso contencioso administrativo seguido a instancias de D. José, actuando en nombre propio en su condición de funcionario; y como demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y LA GUARDIA CIVIL), representada y asistida de la Abogada del Estado.

Constituye el objeto del recurso la resolución dictada por el Director General de la Policía y la Guardia Civil el 15 de octubre de 2008 (actuando por delegación el Jefe de la División de Personal), por medio de la cual se desestimó la solicitud presentada por D. José el 1 de agosto de 2008, relativa al abono de las retribuciones correspondiente al puesto de trabajo denominado "Jefe de la Brigada Local de Información correspondiente a la Comisaría de Mahón", desde el momento de su creación por el nuevo Catálogo del año 2008.

La cuantía se fijó en indeterminada euros.

El procedimiento ha seguido los trámites del ordinario.

Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª Alicia Esther Ortuño Rodríguez, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso en fecha 12 de noviembre de 2008, se le dio traslado procesal adecuado, ordenándose reclamar el expediente administrativo.

SEGUNDO

Recibido el expediente administrativo, se puso de manifiesto el mismo en Secretaría a la parte recurrente para que formulara su demanda, lo que así hizo en el plazo legal, alegando los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente, suplicando a la Sala que se dictase sentencia estimatoria del mismo, por ser contrario al ordenamiento jurídico el acto administrativo impugnado, condenando a la Administración demandada para que le abonase las retribuciones correspondientes al puesto "Jefe de la Brigada Local de Información", desde el 1 de enero de 2008 hasta que se prolongase su desempeño por D. José, más los intereses legales correspondientes.

TERCERO

Conferido traslado del escrito de la demanda a la representación de la Administración demandada para que contestara, así lo hizo en tiempo y forma oponiéndose a la misma y suplicando se dictara sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.

CUARTO

Habiéndose recibido el pleito a prueba, ninguna de las partes formuló propuesta de práctica de medio alguno, y declarada conclusa la discusión escrita, se ordenó traer los autos a la vista, con citación de las partes para sentencia, se señaló para la votación y fallo, el día 7 de abril de 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como antecedentes fácticos, interesa reseñar:

  1. ) El recurrente, D. José, es funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, Escala de Subinspección, prestando servicios en la Comisaría Local de Mahón (Menorca)

  2. ) El 1 de enero de 2008 entró en vigor el Nuevo Catálogo de Puestos de Trabajo correspondiente al Cuerpo Nacional de Policía (aprobado el 17 de diciembre de 2007), se creó un puesto de trabajo en la Comisaría de Mahón denominado "Jefe de la Brigada Local de Información", a cubrir por personal de la Escala Ejecutiva, dotado de un complemento específico de 5.685,90 euros, nivel 26, con sistema de provisión mediante libre designación.

  3. ) El 1 de agosto de 2008, D. José presentó una solicitud, en la cual alegaba que desde el año 2001 desempeña, entre otros servicios, el de funcionario responsable de la Brigada o Grupo Local de Información de la Comisaría de Mahón. Con el nuevo Catálogo vigente desde el 1 de enero de 2008, se creó el puesto de Jefe de la Brigada Local de Información, cuyas funciones las realiza el interesado ante la falta de personal, pero sin recibir las retribuciones correspondientes al cargo.

  4. ) El 15 de octubre de 2005, el Director General de la Policía y de la Guardia Civil 7 denegó la solicitud, justificando que, de acuerdo con el nuevo catálogo del año 2008, en la Comisaría de Mahón existen, entre los puestos de trabajo con complemento específico singular, cinco puestos de "Coordinador de Servicios", a cubrir por funcionarios de la Escala de Subinspección, y un puesto como "Jefe de la Brigada Local de Información", destinado a la Escala Ejecutiva, sin que la vacante en un puesto implique que sus funciones se desempeñan por otro...

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