SAP Zaragoza 450/2011, 8 de Junio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 450/2011 |
Fecha | 08 Junio 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00450/2011
SENTENCIA núm 450/2011
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. JAVIER SEOANE PRADO
Magistrados:
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
D. ALFONSO MARIA MARTINEZ ARESO
En ZARAGOZA, a ocho de junio de dos mil once
En nombre de S.M. el Rey,
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 005, de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de JUICIO VERBAL 295/2010, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CASPE, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 388/2011, en los que aparece como parte apelante, Jeronimo, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. EDUARDO POSTIGO REDONDO, asistido por el Letrado D. ANTONIO FRAGUAS BORDONABA, y como parte apelada, Reyes, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. INMACULADA CORTES ACERO, asistido por el Letrado
D. MARIA ASUNCION PEREA MARTINEZ, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. D. JAVIER SEOANE PRADO.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 9 de marzo de 2011, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Estimo la demanda efectuada por Dña Reyes contra D. Jeronimo, acordando la resolución del contrato de arrendamiento suscrito el 1 de diciembre de 2001 entre Dña Reyes y D. Jeronimo en relación al local propiedad de la demandante, sita en Plaza del Ayuntamiento nº 1, bajo, de la localidad de Mequinenza (Zaragoza).
Se acuerda el desahucio de D. Jeronimo del local sito en la plaza del ayuntamiento nº 1 bajo, de la localidad de Mequinenza (Zaragoza), debiendo practicarse la correspondiente diligencia de lanzamiento para el caso de que no se produzca el abandono libre, vacuo, expedito, y a disposición de la demandante.
Condeno a D. Jeronimo a pagar a Dña Reyes la cantidad de 536,53 euros (quinientos treinta y seis con cincuenta y tres euros), en concepto de las cantidades asimiladas a rentas adeudadas derivadas del cumplimiento del contrato antes reseñado y hasta la fecha de esta sentencia, así como aquellas que se devenguen con posterioridad, hasta la fecha del desalojo de la vivienda y entrega al arrendador, cuyas cantidades se determinaran en fase de ejecución por el trámite previsto en el Art. 712 de la LEC :
Condeno a D. Jeronimo al pago de las costas del proceso."
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la parte demandada se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 4 de julio de 2011.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
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