SAP Tarragona 279/2007, 27 de Julio de 2007
Ponente | ANTONIO CARRIL PAN |
ECLI | ES:APT:2007:1529 |
Número de Recurso | 159/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 279/2007 |
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª |
ROLLO NUM. 159/2007
ORDINARIO NUM. 638/2005
EL VENDRELL NUM. CUATRO
S E N T E N C I A NUM.
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. Antonio Carril Pan
MAGISTRADOS
D. José Luis Portugal Sainz
D. Sergio Nasarre Aznar
En Tarragona a 27 de julio de 2007.
Visto ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por Gaspar, representado por la Procuradora Sra. Carrera Portusach y defendido por el Letrado D. Jordi Alcaraz Carrillo, en el Rollo nº 159/20007, derivado del Ordinario 638/20005 del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de El Vendrell, al que se opusieron Angelina y Carlos José, representados por la Procuradora Sra. Espejo y defendidos por el Letrado Sr. Lajara.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
La sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Estimar íntegramente la demanda interpuesta por Dº Carlos José y Dº Angelina, representados por Dª Dolors Lou Caballé Procuradora de los Tribunales contra Dº Gaspar representado por Dº Manuel Dionisio Borrell condenando al demandado a pagar a la parte actora la suma de treinta y ocho mil trescientos veinticinco con sesenta y cuatro céntimos (38.325,64) euros más sus intereses desde la fecha de 14 de octubre de 2005, en se requirió extrajudicialmente el pago y al pago de las costas procesales"
Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por Gaspar en base a las alegaciones que son de ver en el escrito presentado.
Dado traslado a las demás partes personadas del recurso presentado para que formulasen adhesión o se opusieran al mismo, por Angelina y Carlos José se interesó la confirmación de la sentencia.
En la tramitación de ambas instancias del procedimiento se han observado las normas legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Antonio Carril Pan.
La apelación se alza contra la cuantificación de la depreciación de un edificio que, vendido por el demandado a los actores, sufrió el cierre de la comunicación de sus habitaciones interiores con un patio, por lo que quedaron sin ventilación y perdió el uso de una de las dos habitaciones que lo integraban. La litis se centra exclusivamente en si el precio del que se debe partir es el pagado para su adquisición o el hipotético precio del piso al tiempo de perder la disponibilidad de las comunicaciones.
Para resolver debemos partir de que el piso se adquirió en escritura publica el 30 de diciembre de 2003, por 120.000 euros. Se procedió a tasar por el perito arquitecto el 20 de septiembre de 2005, atribuyéndole un valor de 225.021,91 euros, precio del que parte para calcular la depreciación, que se estima de un 14,71 %. El recurso pretende que esa depreciación se calcule sobre el precio de compra y...
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