STSJ Asturias 655/2011, 15 de Junio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 655/2011 |
Fecha | 15 Junio 2011 |
T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)
OVIEDO
SENTENCIA: 00655/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
Sala de lo Contencioso-Administrativo
RECURSO: 201/10
RECURRENTE: D. Leoncio
PROCURADOR: DÑA. CONCEPCION GONZALEZ ESCOLAR
RECURRIDO: DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA Y GUARDIA CIVIL
SR. ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA nº 655/11
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Jesús María Chamorro González
Magistrados:
Dña. María José Margareto García
D. Francisco Salto Villén
En Oviedo, a quince de junio de dos mil once.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 201/10 interpuesto por D. Leoncio, representado por la Procuradora Dña. Concepción González Escolar, actuando bajo la dirección Letrada de D. Enrique Vázquez Martín, contra la DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA Y GUARDIA CIVIL, representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús María Chamorro González.
Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia en la que estimando el recurso interpuesto, revoque la resolución recurrida por no estar ajustada a derecho, con imposición de costas a la parte contraria. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.
Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.
Por Auto de 29 de julio de 2010, se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.
Se señaló para la votación y fallo del presente el día 13 de junio pasado en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los trámites prescritos en la ley.
Que por la Procuradora de los Tribunales Dña. Concepción González Escolar, en nombre y representación de D. Leoncio, se interpuso recurso contencioso administrativo tramitado por el procedimiento ordinario, contra la resolución de la Dirección General de la Policía y Guardia Civil, de fecha 21 de diciembre de 2009, por la que se desestima el recurso de Reposición interpuesto contra la denegación de licencia de armas tipo "F" recurso del que dio traslado a la Administración demandada.
Que como principales argumentos impugnatorios, sostenía la parte...
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