STSJ Castilla-La Mancha 351/2011, 17 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución351/2011
Fecha17 Junio 2011

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.2

ALBACETE

SENTENCIA: 00351/2011

Recurso nº 261/2007

Guadalajara

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos.

Iltma. Sra. Dª. María Belén Castelló Checa.

Iltma. Sra. Dª. Purificación López Toledo.

SENTENCIA Nº 351

En Albacete, a diecisiete de Junio de dos mil once.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de CastillaLa Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 261/2007 del recurso contencioso-administrativo seguido a instancia de JUNTA DE COMPENSACION DEL POLIGO NO INDUSTRIAL DE QUER, representada por el Procurador Sr. Serna Espinosa y defendida por el Letrado Sr. Arauz de Robles López, contra el TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA, representado y dirigido por la Abogacía del Estado, actuando como parte codemandada la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, representada y dirigida por sus Servicios Jurídicos, en materia de Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Purificación López Toledo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 7 de marzo de 2007 recurso contencioso- administrativo contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, de fecha 22 de noviembre de 2006, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa nº 19-385.06 entablada frente a la liquidación practicada, por el concepto de Actos Jurídicos Documentados.

Formalizada la demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia de conformidad con lo interesado en el suplico de su escrito procesal.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso. En iguales términos se manifestó la Administración autonómica codemandada.

Tercero

Sin que se acordase el recibimiento del pleito a prueba, al no solicitarse por las partes, ni trámite de conclusiones, se señaló día y hora para votación y fallo, el 3 de junio de 2011, en que tuvo lugar.

Cuarto

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo la resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, de fecha 22 de noviembre de 2006, desestimatoria de la reclamación económico- administrativa nº 19-385.06 entablada frente a la liquidación practicada, por el concepto de Actos Jurídicos Documentados.

Segundo

La cuestión nuclear sobre la que ha de girar el presente conflicto de intereses, estriba en determinar si es o no conforme a Derecho la liquidación girada por la Administración, por el concepto tributario antedicho, en relación a las operaciones efectuadas en la escritura pública de proyecto de compensación otorgada en fecha 23 de enero de 2002, concretadas, a los efectos que nos interesan, en agrupación y división material, interesando la parte actora su exención del impuesto al amparo de lo previsto en el artículo 45. I. B) 7 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de...

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