STSJ Comunidad de Madrid 698/2011, 8 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución698/2011
Fecha08 Julio 2011

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00698/2011

Recurso Núm. 1463/08

Ponente: Sr. de la Peña

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Sexta

SENTENCIA Núm. 698

Ilmos. Sres.

Presidente:

Dª Teresa Delgado Velasco

Magistrados :

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

______________________________________

En la Villa de Madrid, a ocho de julio de dos mil once.

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 1463/08 promovido por D. Luis Alberto contra la Resolución del Director General de la Guardia Civil de fecha 15 de julio de 2008 que de forma expresa denegó su solicitud sobre abono del importe correspondiente al complemento específico de Zona Conflictiva durante los días en que ha prestado servicios en dicha zona; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia por la que se reconozca el derecho del recurrente a percibir el complemento correspondiente a Zona Conflictiva por el tiempo en que ha prestado servicios en dicha zona, con los intereses legales correspondientes.

SEGUNDO

El Abogado del Estado, mediante escrito de 13 de abril de 2010, solicitó se le tuviera por allanado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 74.2 y 75.1 de la LJCA y artículo 7 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre .

TERCERO

A la vista de la anterior solicitud, se señaló para votación y fallo del presente recurso la audiencia del día 7 de julio de 2011, teniendo así lugar.

Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco de la Peña Elías, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dispone el artículo 75 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa que "1 . Los demandados podrán allanarse cumpliendo los requisitos exigidos en el apartado 2 del artículo anterior. 2 . Producido el allanamiento, el Juez o Tribunal, sin más trámites, dictará sentencia de...

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