STSJ Castilla-La Mancha 1/2011, 10 de Enero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1/2011 |
Fecha | 10 Enero 2011 |
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1
ALBACETE
SENTENCIA: 00001/2011
Recurso de Apelación nº 04/2010
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Guadalajara
SALA DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 1ª
Iltmos. Sres.:
Presidente:
D. José Borrego López
Magistrados:
D. Mariano Montero Martínez
D. Manuel José Domingo Zaballos
D. Ricardo Estévez Goytre
S E N T E N C I A Nº 1
En Albacete, a diez de Enero de dos mil once.
Vistos por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el recurso de apelación interpuesto por la DON Luis Carlos, representado por la Procuradora Sra. Fajardo de Tena, contra la Sentencia nº 336/09, de fecha 17 de Junio de 2009, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 1 de Guadalajara, en el procedimiento abreviado nº 6/09, y como parte apelada, SUBDELEGACIÓN DE GOBIERNO EN GUADALAJARA, representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Borrego López, Magistrado Especialista de lo ContenciosoAdministrativo.
Dicho Juzgado dictó Sentencia con la siguiente parte dispositiva: "Que DESESTIMANDO el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Letrada Sra. Ruiz Sierra, en nombre y representación de D. Luis Carlos, contra la Resolución de la SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN GUADALAJARA de fecha 12 de Diciembre de 2008, desestimatoria del Recurso de Reposición interpuesto por dicha recurrente frente a la Resolución de la referida SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN GUADAALAJARA de fecha 14 de Noviembre de 2.008, por la que se acordaba denegar, al mencionada Luis Carlos, ciudadano de nacionalidad peruana, la solicitud de autorización de residencia permanente, DEBO CONFIRMAR Y CONFIRMO la mencionada resolución por considerarla ajustada a Derecho. Sin costas".
Notificada la resolución a las partes interesadas, la parte demandante interpuso recurso de apelación dentro de plazo. Admitido a trámite por el Juzgado, se dio traslado a la parte demandada para que hiciese alegaciones, trámite que cumplimentó en legal forma.
Elevados los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, se formó el correspondiente rollo de apelación. No habiéndose solicitado por las partes personadas la celebración de vista, ni considerándose necesaria la misma por este Tribunal, se señaló para votación y fallo el día 07 de Enero de 2011.
Debemos proceder a la...
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