STSJ País Vasco 785/2010, 16 de Noviembre de 2010

PonenteANGEL RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJPV:2010:4727
Número de Recurso1422/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución785/2010
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1422/07

DE Ordinario

SENTENCIA NUMERO 785/2010

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

MAGISTRADOS:

DON ÁNGEL RUIZ RUIZ

DON JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA

En Bilbao, a dieciséis de noviembre de dos mil diez.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1422/07 y seguido por el procedimiento Ordinario, en el que se impugna: el Decreto 105/2007, de 26 de junio del Gobierno Vasco, de Modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma, publicado en el BOPV núm. 125 de 29 de junio de 2007, en relación con el puesto tipo ‹ ‹ Responsable de Área de Instalaciones y Mantenimiento › › , de la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa, código 510462, dotación 3, Complemento de destino 27 y Específico II -B.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE : D. Casiano , representado por la Procuradora Dª. CRISTINA INSAUSTI MONTALVO y dirigido por el Letrado D. CARLOS GONZÁLEZ FINAT.

- DEMANDADA : ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, representada y dirigida por Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. ÁNGEL RUIZ RUIZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 24 de septiembre de 2007 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que la Procuradora Dª. MARIA CRISTINA INSAUSTI MONTALVO actuando en nombre y representación de D. Casiano , interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 105/2007, de 26 de junio del Gobierno Vasco, de Modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma, publicado en el BOPV núm. 125 de 29 de junio de 2007; quedando registrado dicho recurso con el número 1422/07.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia estimatoria del presente recurso por la que:

1) Declare no ser conforme a derecho el Decreto 105/2007, de 26 de junio, y se reponga al recurrente en el puesto de Responsable Territorial de Recursos de la Delegación Territorial de Educación Dotación 1869-2 .

2) Que con carácter subsidiario, para el supuesto de que no se estime la anterior pretensión, se declare no conforme a Derecho el Decreto recurrido en cuanto a la asignación forzosa de la Dotación 1869-2 correspondiente al puesto de Responsable Territorial de Recursos de la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa al puesto tipo Responsable de Área de Instalaciones y Mantenimiento 510462 y se asigne la citada Dotación al puesto tipo de Responsable de Administración y Servicios A-022-1 dando cumplimiento así a la Propuesta de Asignación formulada en febrero de 2004.

Y subsidiariamente para el supuesto de que no se admitiera esta última pretensión de asignación, solicita se le dé al recurrente derecho de opción a elegir que su puesto, Responsable Territorial de Recursos, sea asignado a la Dotación 510321 de Responsable de Personal de la Delegación Territorial o a la Dotación 510462, Responsable Área de Instalaciones y Mantenimiento, dejando sin efecto hasta tanto dicha opción se ejercita, la asignación de la Dotación 1895-2 correspondiente al puesto de Responsable de Personal nivel 24 a la dotación del puesto tipo Responsable de Personal 510321 de la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto y se confirme la disposición recurrida.

CUARTO

Por auto de dos de septiembre de dos mil ocho se fijó como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

QUINTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.

SEXTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SÉPTIMO

Por resolución de fecha 02/11/10 se señaló el pasado día 09/11/10 para la votación y fallo del presente recurso.

OCTAVO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto del recurso y pretensiones.

Don Casiano recurre el Decreto 105/2007, de 26 de junio del Gobierno Vasco, de Modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma, publicado en el BOPV núm. 125 de 29 de junio de 2007.

El recurso gira en relación con el puesto tipo ‹ ‹ Responsable de Área de Instalaciones y Mantenimiento › › , puesto de la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa, código 510462, dotación 3, Complemento de destino 27 y Específico II -B.

El demandante interesa que se dicte sentencia estimatoria del recurso para declarar la disconformidad a Derecho del Decreto recurrido, para que se reponga al demandante en el puesto de ‹ ‹ Responsable Territorial de Recursos › › de la Delegación Territorial de Educación, dotación 1869-2.

Con carácter subsidiario, pide que se declare la disconformidad a derecho del Decreto recurrido en cuanto a la asignación forzosa de la dotación 1869-2 , correspondiente al puesto de Responsable Territorial de Recursos de la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa, al puesto tipo ‹ ‹ Responsable de Área de Instalaciones y Mantenimiento › › , puesto código 510462 , para que se asigne la citada dotación al puesto tipo ‹ ‹ Responsable de Administración y Servicios › › , A-022-1, como se dice, para dar cumplimiento a la propuesta de asignación formulada en febrero de 2004.

Finalmente, también con carácter subsidiario a la anterior petición, se interesa que se le dé al demandante el derecho de opción, a elegir que su puesto de Responsable Territorial de Recursos sea asignado a dotación del puesto 510321 ‹ ‹ Responsable de Personal › › de la Delegación Territorial, o la dotación del puesto 510462 ‹ ‹ Responsable Área de Instalaciones y Mantenimiento › › , dejando sin efecto, hasta que se ejercite la opción, la asignación de la dotación 1895-2, correspondiente al puesto de Responsable de Personal nivel 24, a la dotación del puesto tipo Responsable de Personal, 510321 de la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa.

SEGUNDO

La demanda.

Comienza señalando que el decreto recurrido le había desposeído ilegalmente del puesto de Responsable Territorial de Recursos de la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa, asignando unilateralmente su dotación al puesto tipo de Responsable de Instalaciones y Mantenimiento de la Delegación, no abierto a su Cuerpo de pertenencia, Cuerpo Superior de Administración, con vulneración de la propuesta inicial de febrero de 2004, en cuanto a que fuera asignado dicho puesto al puesto Responsable de Administración y Servicios, y ello sin haberle dado derecho de opción a ocupar la plaza de Responsable de Personal nivel 27, creada con las funciones de supervisión y coordinación del Área de Personal, que se dice son propias del puesto Responsable Territorial de Recursos, cuando unilateralmente se ha asignado al puesto de Responsable de Personal, subordinado del puesto de Responsable Territorial de Recursos.

El demandante, como cabecera del análisis de los motivos del recurso, que posteriormente vamos a recoger, traslada lo que identifica como ‹ ‹ encuadramiento de la cuestión › › , con referencia al nuevo modelo de organización y recursos humanos de la Administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el documento nº 1 que aporta, pasa a referirse al nuevo sistema retributivo, enlazando con el Decreto 77/2005, de 12 de abril , que reguló las Áreas funcionales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, trayendo cita de la Sentencia de esta Sala de 9 de marzo de 2006, recaída en el recurso 1061/2005 , que se aporta como documento nº 2.

[- Aquí señalaremos, en cuanto a las referencias que se hacen en la demanda a la sentencia de la Sala 193/2006, de fecha 9 de marzo de 2006 , que se aporta como documento nº 2, recaída en el recurso 1061/2005, en relación con el Decreto 77/2005 de 12 de abril por el que se regularon las áreas funcionales, que ha de estarse a la STS de 5 de junio de 2009, recaída en el recurso de casación 2670/2006 , que lo estimó parcialmente, declarando la nulidad, únicamente, del artículo 6 y la Disposición Transitoria Segunda del Decreto impugnado -].

En cuanto a la aplicación del proceso de análisis funcional sobre el puesto del que era titular el demandante, señala que desde el 1 de marzo de 2000, en virtud de concurso de traslados convocado por Orden de 31.03.1998, resuelto por Orden de 10.05.1999, es titular de la plaza Responsable Territorial de Recursos de la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa, abierta al Cuerpo Superior de Administración; recoge las referencias a las funciones de dicho puesto, remitiéndose al alcance funcional de la monografía, que se aporta como documento nº 5, en relación con el organigrama que traslada como documento nº 6, recogiendo que con el paso del tiempo determinadas funciones referidas en la monografía habían pasado a ser gestionadas por el Servicio de...

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