SAP Madrid 275/2006, 12 de Abril de 2006

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Abril 2006
Número de resolución275/2006

FERNANDO HERRERO DE EGAÑA OCTAVIO DE TOLEDOJOSE VICENTE ZAPATER FERRERMARIA JESUS ALIA RAMOS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12

MADRID

SENTENCIA: 00275/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN DOCE

RECURSO DE APELACION 216 /2005

PROCEDENCIA.- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 6 DE ALCOBENDAS

AUTOS Nº.- 467/03 -ORDINARIO-

DEMANDANTE/APELANTE.- ZAVEL, S.A.

PROCURADOR.- Sr/a RUIGÓMEZ MURIEDAS

DEMANDADO/APELADO.- ENYPESA, S.A.

PROCURADOR.- Sr/a MARTÍNEZ MINGUEZ

PONENTE.- Ilmo. Sr. Don Fernando Herrero de Egaña y Octavio de Toledo

SENTENCIA Nº 275

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSE VICENTE ZAPATER FERRER

DOÑA MARIA JESUS ALIA RAMOS

DON Fernando Herrero de Egaña y Octavio de Toledo

En MADRID, a doce de abril de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Doce de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 467 /2003, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 6 de ALCOBENDAS a los que ha correspondido el Rollo 216/2005, en los que aparece como parte apelante ZAVEL S.A. representado por el procurador D. VICENTE RUIGOMEZ MURIEDAS y como apelado ENYPESA S.A. representado por el procurador DÑA FUENCISLA MARTINEZ MINGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Seguido por sus trámites legales, por dicho Juzgado se dictó resolución en 3 de marzo de 2005 cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada por la Procuradora Doña Elena Muñoz Torrente en nombre y representación de ZABEL, S.A. debo CODENAR Y CONDENO a la demandada ENYPESA, S.A. a pagar la cantidad de CUATRO MIL TREINTA Y UN EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (4.031,25 euros), más los intereses legales devengados desde la interpelación judicial, incrementados en dos puntos desde la notificación de la presente sentencia. cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

Notificada dicha resolución a las partes, por el demandante se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que se opuso a dicho recurso.

SEGUNDO

Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, y comparecidas las partes previo emplazamiento del Juzgado de Instancia se formó el correspondiente rollo de Sala, numeró, registró y turnó la ponencia, quedando pendiente de deliberación y votación cuando por su orden y clase correspondiera, señalándose después para ello el pasado día 5 de abril del actual.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto , siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Fernando Herrero de Egaña y Octavio de Toledo .

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El actor indicaba en su demanda, básicamente, que habiendo realizado trabajos diversos por cuenta y encargo de la demandada desde enero de 1999, se le adeudaba el importe de 11.474,14 euros.

La demandada se opuso alegando en esencia que la actora aplicaba el 16% de IVA cuando lo correcto era retener el 7%, error reconocido por la actora la cual sin embargo se negó a restituir la cantidad de 1.152.825 ptas. correspondientes a la facturación de 1996 y 85.569 ptas. correspondientes a dos facturas de 1997.

La sentencia que se recurre estimó parcialmente la demanda condenado a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 4.031,25 euros.

SEGUNDO

Pese a los brillantes argumentos de la sentencia recurrida la Sala discrepa de la conclusión alcanzada por el juzgador de instancia en lo relativo a la compensación alegada por la demandada.

TERCERO

Efectivamente si bien como indica la sentencia recurrida es responsabilidad de quien confecciona la factura el indicar el tipo impositivo aplicable, no es menos cierto que ello no puede predicarse con igual rotundidad cuando quien he de abonar la factura es quien hace indicación expresa a la parte que confecciona la factura del tipo impositivo que entiende aplicable, y así lo reconoció el demandado al ser interrogado, indicando que remitía a la actora certificaciones valoradas con indicación de un tipo de IVA a aplicar erróneo (Vid. grabación del juicio, 11:50:25 y Ss aproximadamente), no existiendo, a juicio de la Sala, constancia clara de que el actor conociese que el demandado actuaba como promotor en aquellos supuestos que motivaron las facturas cuyo tipo de IVA indebidamente girado motiva la compensación alegada, hecho que a la demandada correspondía probar con arreglo al artículo 217.3 LEC , por tanto no cabe hablar en la actora de culpa ni contractual (artículo 1101 y Ss del Cc ) ni extracontractual (...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Pago de lo indebido
    • España
    • Práctico Contratos Civiles Otros contratos. Cuasicontratos Los cuasicontratos
    • 30 Junio 2023
    ... ... Como indican las SAP de Baleares de 13 de marzo de 2006 [j 1] o SAP de León de 7 de marzo de 2012, [j 2] ... de 14 de junio de 2007 [j 5] con cita en las STS de 12 de abril de 1989, [j 6] STS de 20 de octubre de 1993 ... bienes muebles o inmuebles, como reconoce la SAP de Madrid de 5 de febrero de 2008. [j 9] Constituye un ejemplo de ... ...
1 sentencias
  • SAP A Coruña 237/2017, 31 de Julio de 2017
    • España
    • 31 Julio 2017
    ...por el "solvens" repercutiría en el peticionario de quien obra sin culpa al recibir el pago de lo indebido ( SAP de Madrid, Sección 12ª, nº 275/2006 de 12 de abril de 2006 ). En escrito de oposición al recurso de apelación, por la representación procesal de la demandante BP OIL España S.A.U......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR