AAP Murcia 27/2008, 13 de Mayo de 2008

PonenteMIGUEL ANGEL LARROSA AMANTE
ECLIES:APMU:2008:227A
Número de Recurso77/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución27/2008
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

AUTO: 00027/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION QUINTA (CARTAGENA)

ROLLO DE APELACION Nº 77/08

MEDIDAS CAUTELARES Nº 1212/05 (PIEZA SEPARADA)

JUZGADO DE 1ª. INSTANCIA Nº 1 DE CARTAGENA

AUTO NUM. 27

Iltmos. Sres.

D. Miguel Ángel Larrosa Amante

Presidente

D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas

D. José Joaquín Hervás Ortiz

Magistrados

En la ciudad de Cartagena, a 13 de mayo de 2008.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres.

expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Pieza separada de medidas cautelares del juicio ordinario nº

1212/05 -Rollo nº 77/08 -, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cartagena, entre

las partes: como actor Dª María Purificación, representado por el Procurador D. Diego Frías Costa y dirigido por el Letrado, y como demandados D. Juan Pedro, representado por el Procurador Dª Soledad Para Conesa y dirigido por el

Letrado D. Estanislao Delegido Carrión. En esta alzada actúan como apelante Dª María Purificación, representado ante

este Tribunal por el Procurador D. Diego Frías Costa y como apelado D. Juan Pedro representado ante este Tribunal

por el Procurador Dª Soledad Para Conesa. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Miguel Ángel Larrosa Amante, que expresa la

convicción del Tribunal.

HECHOS
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el nº 1212/05, se dictó auto con fecha 5 de abril de 2006, aclarado por auto de fecha 26 de mayo de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Desestimar la solicitud de medidas cautelares interesada por el procurador Sr. Frías Costa en nombre y representación de Dª María Purificación frente a

D. Juan Pedro, con imposición de costas procesales".

Segundo

Contra dicho auto, se preparó recurso de apelación por Dª María Purificación que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a D. Juan Pedro emplazándolas por diez días para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable, dentro de cuyo término, presentaron escrito de oposición al recurso. Seguidamente, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, fueron remitidos los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el nº 77/08, que ha quedado para resolución sin celebración de vista, tras señalarse para el día 13 de mayo de 2008 su votación y fallo.

Tercero

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Primero

Se interpone recurso de apelación contra el auto que deniega la adopción de las medidas cautelares solicitadas por la parte actora por otrosí en su demanda de juicio ordinario, consistentes en que "se ordene el cese de cualquier actividad del demandado en el solar objeto del litigio, y deje de llevar a cabo conductas perturbadoras en el mismo". Considera el apelante que sí se cumplen las exigencias de claridad y precisión en la medida solicitada, pues la misma debe de ponerse en relación con el contenido de la propia demanda, destacando que el juzgado la dio por buena y no solicitó su subsanación, dando lugar a la pieza separada, por lo que al actuar así se vulneró su derecho de defensa. Ningún precepto legal considera el apelante que exige que se analicen en la solicitud la concurrencia de los requisitos legales, los cuales se desprenden de la propia demanda, no ofreciéndose fianza puesto que no se puede causar perjuicio alguno.

La parte apelada se opone al recurso interpuesto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AAP Las Palmas 51/2010, 3 de Marzo de 2010
    • España
    • March 3, 2010
    ...recurso ha de ser desestimado. Esta postura la han mantenido, también, por ejemplo, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia en su auto nº 27/2008 de 13 de mayo o la de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de La Coruña en su auto nº 68/2008 de 22 de Por otro lado, proc......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR