SAP Zaragoza 207/2008, 8 de Abril de 2008

PonenteANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
ECLIES:APZ:2008:1037
Número de Recurso117/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución207/2008
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA núm. ****

ILMOS. Señores:

Presidente:

  1. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

    Magistrados:

  2. JAVIER SEOANE PRADO

  3. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

    En ZARAGOZA, a ocho de Abril de dos mil ocho.

    En nombre de S.M. el Rey,

    VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000491/2007, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 117 de 2008, en los que aparece como parte apelante Dª Marí Jose representado por el procurador D. LUIS CELMA BENAGES y asistido por el Letrado D. JOSE-ANTONIO MILLAN CALVO; y como parte apelada LEROY MERLIN S.A. y CHUBB INSURANCE COMPANY OF EUROPE SUC representados respectivamente por los procuradores Dª Mª PILAR MORELLON USON y Dª PATRICIA PEIRE BLASCO y asistidos por los Letrados D. IGNACIO VELLON FERNANDEZ y D. IGNACIO VELLON FERNANDEZ; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 10 de diciembre de 2007, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Marí Jose contra LEROY MERLIN SA y CHUBB INSURANCE COMPANY OF EUROPE SA, sin imposición de costas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandante, Dª Marí Jose, se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a las partes contrarias se opusieron al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video, y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 7 de abril de 2008. CUARTO.- En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

Se plantea por la demandante recurso de apelación contra la sentencia que desestimó su pretensión indemnizatoria, como consecuencia de la acción de culpa extracontractual ejercitada, ex art 1902

  1. Civil . La Sra. Marí Jose resbaló a la salida del local de la sociedad codemandada ("Leroy Merlin S.A."), produciéndose una serie de lesiones y algunos daños, cuya indemnización solicita. La sentencia de primera instancia considera que el establecimiento del que es titular la sociedad demandada, adoptó las medidas adecuadas a la situación que se produjo en la noche del día 3 de agosto de 2006. Entiende que es el comportamiento descuidado de la propia perjudicada la causa eficiente de los daños sufridos.

Recurre la demandante, pues considera que la valoración de la prueba efectuada por el juzgador de instancia no es correcta y no se adecúa a los parámetros que contienen los arts 217 LEC en relación con el 1902 C. civil.

SEGUNDO

Desde un punto de vista jurídico, las caídas sufridas en establecimientos comerciales han sido objeto de numerosas sentencias. Y si bien la materia es propensa a resoluciones muy casuísticas, sin embargo, sí que es posible extraer de aquéllas unos principios rectores.

Así, pese a la creciente objetivización de la responsabilidad en una sociedad proteccionista y basada en la máxima del "neminem laedere", el riesgo no se ha erigido como criterio de responsabilidad. Por lo tanto, la parte perjudicada ha de probar el daño, la acción u omisión del demandado y el nexo causal. La jurisprudencia más reciente se muestra -además- más restrictiva en lo atinente a "la inversión de la carga de la prueba"; reservándola a los supuestos de riesgos extraordinarios, daño desproporcionado o falta de colaboración del causante del daño cuando está especialmente obligado a facilitar la explicación del daño por sus circunstancias profesionales o de otra...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Ciudad Real 237/2015, 4 de Noviembre de 2015
    • España
    • 4 Noviembre 2015
    ...al público. En este sentido señala la Sentencia de la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 8 de Abril de 2008 (ROJ: SAP Z 1037/2008 ) que "desde un punto de vista jurídico, las caídas sufridas en establecimientos comerciales han sido objeto de numerosas sentencias. Y si bien......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR