SAP Málaga 457/2009, 9 de Octubre de 2009
Ponente | JOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA |
ECLI | ES:APMA:2009:2001 |
Número de Recurso | 983/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 457/2009 |
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
S E N T E N C I A Nº 457/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCIÓN CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA
PRESIDENTE ILMO. SR.
D.FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
D.ALEJANDRO MARTIN DELGADO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº8 DE MÁLAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 983/2008
JUICIO Nº 633/2007
En la Ciudad de Málaga a nueve de octubre de dos mil nueve.
Visto, por la SECCIÓN CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Procedimiento Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Miguel Ángel que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. FRANCISCO JOSE MARTINEZ DEL CAMPO y defendido por el Letrado D. ROJANO GALLARDO, RAFAEL; y EL CORTES INGLES, S.A. que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. Mª LUISA URBANO MORILLO y defendido por el Letrado D. JUAN SAINZ-TRAPAGA: Y la intervención del MINISTERIO FISCAL.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 15 de Mayo de 2008, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Don Francisco Jose Martinez del Campo en nombre y representación de Don Miguel Ángel contra EL CORTE INGLES S.A., debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de 29.620,8 euros mas los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.
Sin hacer expreso pronunciamiento en costas.".
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 15 de Septiembre de 2009 quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.
Por la representación procesal del Corte Inglés S.A., se presentó recurso de apelación, solicitando en primer lugar la nulidad de actuaciones por falta de jurisdicción objetiva del Juzgado de 1ª. Instancia. En segundo lugar, existencia de incumplimiento contractual por parte del actor, que justificaba la resolución del contrato de transporte por parte de la entidad recurrente. En tercer lugar las consecuencias de la resolución unilateral del contrato vigente en ese momento, "los facta concludentia". Y en cuarto lugar, arbitraria valoración de los supuestos perjuicio, vulnerándose la normativa legal en materia de carga probatoria. Por todo lo expuesto solicita que se decrete la nulidad de actuaciones por falta de competencia o, de forma subsidiaria, que se dicte otra sentencia por la que se absuelva a la entidad recurrente, con imposición a la parte actora de las costas procesales originadas en primera instancia.
Por la representación procesal de D. Miguel Ángel, se presentó recurso de apelación alegando en primer lugar, infracción de lo dispuesto en el artículo 394 de la LEC, debiendo imponer a la parte demandada las costas procesales causadas en primera instancia. Y, en segundo lugar, que se ha infringido el artículo 1258 del Código Civil, en relación, con los artículos 317.5º y 319 de la LEC, así como los principios de valoración de prueba, ya que ha resultado acreditado que el periodo de incapacidad temporal del actora ha sido ocasionado por el incumplimiento de la demandada, por lo que se le deberá indemnizar en un total de 9.918,15 #. Por todo lo expuesto solicita la revocación parcial de resolución apelada y el dictado de una nueva en la que se recojan los anteriores pedimentos.
Por ambas representaciones procesales se presentaron escritos de oposición a los recursos planteados de contrario, impugandndo las alegaciones realizadas en cada uno de ellos.
Una vez examinadas las alegaciones de la parte recurrente, se observa que en primer lugar se solicita la nulidad de actuaciones por falta de jurisdicción objetiva del Juzgado de 1ª. Instancia. A tenor de la cuestión planteada y tal como se preve en el artículo 48 de la LEC, la Sala dio traslado a las partes y al Ministerio Fiscal, para que realizaran las alegaciones que estimaran oportunas y cuyo resultado obra en el presente rollo.
Una vez evacuado el trámite y tal como se recoge en el Auto dictado en fecha 17 de octubre de 2007, por la Sección VI de esta Audiencia Provincial en el rollo de apelación nº 39/2007,...
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AAP Castellón 94/2011, 13 de Septiembre de 2011
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