STSJ País Vasco 2413/2010, 21 de Septiembre de 2010

PonenteJESUS PABLO SESMA DE LUIS
ECLIES:TSJPV:2010:2977
Número de Recurso1815/2010
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución2413/2010
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1.815/10

N.I.G. 20.05.4-09/002080

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 21 de Septiembre de 2010.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D. EMILIO PALOMO BALDA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En los recursos de suplicación interpuestos, de una parte, por Luis y, de otra, por NASIPA S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Guipúzcoa, de fecha tres de Noviembre de dos mil nueve (autos 499/09), dictada en proceso sobre (AEL) -Aumento Recargo de Prestaciones 50% por Falta de Medidas de Seguridad Accidente de Trabajo - Impugnación del Recargo-, y entablado por los recurrentes, el uno contra el otro, y frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDA SOCIAL.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"1º.-) D. Luis venía prestando sus servicios para la empresa "Nasipa, S.L.", desde el 26 de Marzo del

2.007, con la categoría profesional de peón especializado.

  1. -) La empresa "Nasipa, S.L." es la promotora y contratista principal de dos obras que se estaban realizando en el barrio de Lugaritz, de la localidad de Donostia, una obra de doce viviendas adosadas, en dos filas de seis viviendas cada una de ellas, y otra obra de cuatro viviendas unifamiliares, que se estaba realizando sobre un terreno más elevado de la obra anterior, pero muy próximo a él.

  2. -) D. Luis comenzó a prestar sus servicios para la empresa "Nasipa, S.L.", el 26 de Marzo del

    2.007, tras firmar ambas partes un contrato de trabajo temporal, de los denominados "por circunstancias de la producción", cuyo objeto era "construcción de viviendas en Lugaritz de Donosita", teniendo este contrato una duración inicial de tres meses.

    Este contrato fue prorrogado de común acuerdo por ambas partes el 26 de Junio del 2.007, teniendo esta prórroga una duración de tres meses, al cabo de la cual se extinguió, lo que ocurrió el 25 de Septiembre del 2.007.

  3. -) El 26 de Septiembre del 2.007, D. Luis y la empresa "Nasipa, S.L." firmaron un segundo contrato de trabajo temporal, de los denominados "por circunstancias de la producción", cuyo objeto era "construcción de viviendas en Lugaritz de Donostia", teniendo este contrato una duración inicial de tres meses.

    Este contrato fue prorrogado de común acuerdo por ambas partes el 26 de Diciembre del 2.007, teniendo esta prórroga una duración de tres meses, al cabo de la cual se extinguió, lo que ocurrió el 25 de Marzo del 2.008.

  4. -) El 26 de Marzo del 2.008, D. Luis y la empresa "Nasipa, S.L." firmaron un tercer contrato de trabajo temporal, esta vez bajo la modalidad "de obra o servicio determinado", cuyo objeto era "construcción de doce viviendas en parcelas 300.10 y 300.11 de Lugaritz".

  5. -) El grupo de cuatro viviendas unifamiliares que la empresa "Nasipa, S.L." estaba construyendo en el barrio de Lugaritz se encontraba en fase de colocación de la carpintería, y para acceder a los pisos superiores, la empresa había colocado una escalera de mano, apoyada en un balcón de la primera planta por la que accedían al interior los trabajadores que tenían que realizar cualquier actividad en el interior de estas viviendas en construcción.

    La escalera de mano que utilizaban los trabajadores que tenían que acceder al interior de estas viviendas en construcción, no se encontraba anclada en su parte superior, sino simplemente apoyada contra el hueco del balcón de estas viviendas, y tampoco se encontraba anclada al suelo, sino directamente apoyada en las baldosas de la terraza.

  6. -) A primera hora de la mañana del 3 de Julio del 2.008, el encargado de la obra de las doce viviendas en las que prestaba sus servicios D. Luis le ordenó que se dirigiera a las cuatro viviendas en construcción que la empresa "Nasipa, S.L." estaba construyendo un poco más arriba a buscar un bote de silicona, que en esos momentos precisaba para realizar unas tareas.

    1. Luis acudió a las cuatro viviendas en construcción, e intentó acceder a una de ellas por la escalera que estaba apoyada en el hueco del balcón del primer piso, cuando estaba llegando al final de la escalera ésta se deslizó y D. Luis cayó desde una altura aproximada de tres metros, resultando con una fractura abierta de pilón tibial con lesión completa del paquete vasculo nervioso tibial posterior, siendo intervenido de urgencia el mismo 3 de Julio del 2.008 para reducir la fractura y fijarla con un fijador externo.

  7. -) Tras el accidente de trabajo que sufrió el 3 de Julio del 2.008, D. Luis pasó a la situación de incapacidad temporal, con cargo a la contingencia de accidente de trabajo, no constando la fecha en la que los servicios médicos que le atendían le dieron el alta.

  8. -) El 8 de Agosto del 2.008, la Inspección de Trabajo de Gipuzkoa giró visita de inspección a las obras que estaban realizando la empresa "Nasipa, S.L." en el barrio de Lugaritz, de la localidad de Donostia, a fin de investigar las circunstancias que concurrieron en el accidente de trabajo que había sufrido D. Luis el 3 de Julio del 2.008, y tras realizar las oportunas investigaciones, propuso la imposición de una sanción de

    2.046 euros a la empresa "Nasipa, S.L.".

  9. -) Tras el accidente de trabajo que sufrió D. Luis, la empresa "Nasipa, S.L." procedió a colocar un andamio interior en las cuatro viviendas que estaba construyendo en...

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