STSJ Murcia 806/2010, 30 de Septiembre de 2010
Ponente | MARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA |
ECLI | ES:TSJMU:2010:2288 |
Número de Recurso | 727/2008 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 806/2010 |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MURCIA SALA CON/AD
MURCIA
SENTENCIA: 00806/2010
ROLLO DE APELACIÓN nº 727/2008
SENTENCIA nº 806/2010
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
MURCIA
SECCION PRIMERA
Compuesta por los Ilmos. Sres.:
D. MARIANO ESPINOSA DE RUEDA JOVER
Presidente
Dª MARIA CONSUELO URIS LLORET
Dª MARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA
Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 806/2010
En Murcia, a treinta de septiembre de dos mil diez.
En el rollo de apelación nº 727/2008 seguido por interposición de recurso de apelación contra la sentencia 421, de 15 de julio de 2008, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Murcia dictada el recurso contencioso administrativo 251/2007, en cuantía indeterminada, en el que figuran como parte apelante DON Celso representado por la Procuradora Doña María Juana Gómez Morales y defendido por la Letrada Doña Juana Moya Molina y como parte apelada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, Delegación del Gobierno en Murcia representada y defendida por el Abogado del Estado. Sobre expulsión del territorio español y prohibición de entrada; siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Doña MARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA, quien expresa el parecer de la Sala.
ÚNICO.- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Murcia lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la parte apelada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a la Sala, y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el día 27 de septiembre de 2010.
La sentencia apelada estima en parte el recurso contencioso-administrativo formulado contra el acuerdo de la Delegación del Gobierno en Murcia, de fecha 7 de marzo de 2007, que acuerda la expulsión del recurrente del territorio español, prohibiéndole la entrada en España por un periodo de 5 años, por encontrarse irregularmente en territorio nacional por carecer de documentación expedida por las autoridades españolas que autorice su presencia en España. El Juzgado considera acertadamente que la sanción de expulsión no está suficientemente fundada por concurrir en el caso enjuiciado algún tipo de arraigo como es el no estar indocumentado el...
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