AAP Zaragoza 437/2009, 28 de Octubre de 2009

PonenteCARLOS LASALA ALBASINI
ECLIES:APZ:2009:2126A
Número de Recurso398/2009
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución437/2009
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

ZARAGOZA

AUTO: 00437/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA

SECCIÓN SEXTA

ROLLO DE APELACIÓN (RT) Nº 398/2009

AUTO Nº 437/09

ILMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ

MAGISTRADOS

D. CARLOS LASALA ALBASINI

D. ALFONSO BALLESTÍN MIGUEL

En la ciudad de Zaragoza, a veintiocho de octubre de dos mil nueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción de Tarazona (Zaragoza) se incoaron Diligencias Previas nº 1393/2008 en virtud de denuncia formulada conjuntamente por D. Estanislao y su esposa Dª Sonsoles ; por

D. Gustavo y su esposa Dª Adriana ; por D. Lucas y su esposa Dª Celia ; por D. Pelayo y su esposa Dª Fermina ; por D. Sixto como administrador de la sociedad mercantil "Pavisat S.L."; por Dª Marcelina como administradora única de la sociedad mercantil "Ferralla Armada Duarte S.L." y por D. Luis Francisco ; que están representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Dª Sonia Sesma Corchete por el posible delito de estafa y asistidos por la Letrada Dª Noelia San Martín Pasamar, contra D. Ángel y D. Carlos y en las que, después de practicar la prueba que se estimó pertinente, el instructor, el día 30 de Julio del 2009 dictó Auto en el que se acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las mismas.

Contra dicha resolución interpuso recurso de apelación la representación de los denunciantes. Admitido a trámite el recurso de apelación que se sustancia, se remitieron las diligencias a esta Audiencia Provincial, Sección 6ª, previo traslado/emplazamiento a las partes que lo impugnaron. Formado Rollo nº 398/2009, se designó ponente al Ilmo. Sr. Magistrado D. CARLOS LASALA ALBASINI.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de los perjudicados denunciantes, contra el Auto de Sobreseimiento Provisional de fecha 30 de Julio del 2009, dictado por la señora Juez de Instrucción de Tarazona (Zaragoza) en las Diligencias Previas nº 1393/2008 del Juzgado de Instrucción de Tarazona (Zaragoza) debe de ser totalmente estimada, ya que aparecen indicios de un delito de estafa tipificado en los artículos 248-1º, 249 y 250-1-1º y del Código Penal vigente.

En efecto, los denunciantes compradores de sus respectivas viviendas unifamiliares, sitas en el edificio que construía la sociedad mercantil "Inapromo S.L.", en la calle Espiolla de la localidad de Borja (Zaragoza), no hubieran comprado las viviendas que compraron si hubieran sabido que Endesa S.A. no iba a poder darles de alta en el suministro de energía eléctrica porque los pisos vendidos estaban todavía con la energía eléctrica de las obras ejecutadas por la mercantil "Inapromo S.L." e iba a ser "cortada" por "Endesa" en cualquier momento como así ocurrió el día 18-11-2008, pues quedaba "por realizar" por la constructora "Inapromo S.L." toda la obra civil necesaria para el suministro de energía eléctrica.

  1. ) Esa falta de ejecución...

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