AAP León 97/2009, 30 de Octubre de 2009

PonenteALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ
ECLIES:APLE:2009:686A
Número de Recurso537/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución97/2009
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

AUTO: 00097/2009

Apelación Civil nº 537/2009

Diligencias Preliminares nº 1098/2008

Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Ponferrada

A U T O NÚM. 97/2009

ILMOS. SRES.:

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado

Dª.MARIA DEL PILAR ROBLES GARCIA.- Magistrada

En la ciudad de León, a treinta de octubre de dos mil nueve.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial, constituida por los Sres. del margen, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ, ha dictado la presente resolución del Rollo nº 537/2009, en base a los siguientes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ponferrada, se dictó Auto en fecha 23 de diciembre de 2008, cuya parte dispositiva literalmente copiada dice así: "Se inadmiten las presentes diligencias preliminares instadas por la Procuradora Doña María Encina Fra, en nombre y representación de Pilar, procediéndose al archivo de los autos sin más trámites.".

SEGUNDO

Frente a la citada resolución y dentro del plazo legalmente establecido al efecto, se presentó por la representación de la parte demandante recurso de Apelación, y transcurrido el término concedido a las demás partes para presentar oposición al recurso sin verificarlos, fueron remitidos los autos a esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, señalándose para la deliberación el pasado día 27 de Octubre de 2009 .

TERCERO

En la tramitación del presente recurso, se han observado los términos y prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Dña Pilar fue declarada incapaz por Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ponferrada de 17 de julio de 2008, aceptando el cargo de tutora de la misma su hija Dña. Belinda .

Adjudicados a Dña. Pilar, en 1.992, al fallecimiento de su madre, varios bienes inmuebles y entre ellos una casa y un almacén en el pueblo de Sobrado (León), según documento privado y que fue liquidado del correspondiente Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, en fecha 26 de noviembre de 1994, vendió el cincuenta por ciento de las referidas fincas a D. Juan Ignacio .

Como consecuencia de llegar a conocimiento de la tutora que este último pudiera haber vendido a un tercero la totalidad de aquéllas, cuando es así que no era propietario más que de la mitad y que Dña. Pilar desde 1998 arrastra un cuadro de Trastorno Delirante Orgánico y un deterioro cognitivo, que ha evolucionado hacia un cuadro de demencia, según los informes médicos aportados, por Dña. Belinda, en cumplimiento de los deberes del cargo tutelar que ostenta, con el fin de conocer la realidad de la venta y los detalles de la misma, formuló sendas demandas de conciliación contra el citado Sr. Juan Ignacio y contra quién él manifestó le habría comprado los inmuebles referidos, reconociendo ambos la realidad del contrato de compraventa, negándose sin embargo a proporcionar detalles del mismo.

Como paso previo a la formulación de una posible demanda de nulidad y como diligencia...

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