SAP Vizcaya 717/2010, 23 de Septiembre de 2010

PonenteFERNANDO VALDES-SOLIS CECCHINI
ECLIES:APBI:2010:1836
Número de Recurso332/2010
ProcedimientoRECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000
Número de Resolución717/2010
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

Sección 4ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016665

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.06.2-09/000236

A.p.ordinario L2 332/10

O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 5 (Getxo)

Autos de Pro.ordinario L2 22/09

|

|

|

|

Recurrente: ANTAKOA CONSTRUCCIONES S.L.

Procurador/a: GERMAN APALATEGUI CARASA

Abogado/a: ALBERTO RUANO ALCUBILLA

Recurrido: Artemio, Diego y HERRICOINS PROMOIN S.L.

Procurador/a: ALVARO GONZALEZ CARRANCEJA, ALVARO GONZALEZ CARRANCEJA y ALVARO GONZALEZ CARRANCEJA

Abogado/a: JUAN IGNACIO CONDE REDONDO, JUAN IGNACIO CONDE REDONDO y OSCAR MONJE BALMASEDA

.

SENTENCIA Nº 717/10

ILMOS/AS. SRES/AS. D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI

Dña. ANA BELEN IRACHETA UNDAGOITIA

D. IGNACIO OLASO AZPIROZ

En BILBAO (BIZKAIA), a veintitrés de septiembre de dos mil diez.

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba indicados, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 22/09, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de los de Getxo y seguidos entre partes:

- Como parte apelante ANTAKOA CONSTRUCCIONES, S.L., representada por el Procurador Sr. Apalategui Carasa y dirigido por el Letrado Sr. Ruano Alcubilla.

- Como partes apeladas que se oponen al recurso de apelación Diego Y Artemio representadas por el Procurador Sr. González Cerrajera dirigido por el Letrado Sr. Conde Redondo, y HERRICOINS PROMOIN, S.L., representadas por el Procurador Sr. González Cerrajera y dirigido por el Letrado Sr. Monje Balmaseda.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 11 de Diciembre de 2009 es de tenor literal siguiente:

"FALLO:Que desestimando la demanda interpuesta por Antakoa Construcciones, S.L. debo absolver y absuelvo a Diego y Diego al estimar la excepción de falta de legitimación pasiva y debo absolver y absuelvo a Herricoins Promoin, S.L. de los pedimentos formulados contra dicha sociedad en el súplico de la demanda.

Las costas causadas en el procedimiento serán impuestas a la parte actora".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 332/10 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI.

Se acepta y da por reproducida la fundamentación jurídica de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Las partes están conformes en que entre las mismas existía un conjunto de contratos de arrendamiento de obra en que la demandante, Antakoa Construcciones, S.L., era subcontratista bien de los demandados, D. Artemio y D. Diego que actuaban como cumunidad de bienes, bien de Herricoins Promoin, S.L. Lo que la demandante pretende en este procedimiento es que se condene solidariamente a los demandados al abono de las sumas pendientes de pago por las obras ejecutadas durante los meses de noviembre y diciembre de 2007 en distintas obras en que participaba tanto de Vizcaya como de Cantabria.

Las demandadas, en cuanto al fondo del asunto, oponen sustancialmente: primero que las obras ejecutadas por Antakoa durante los meses de noviembre y diciembre de 2007 fueron pocas y de mala calidad; segundo, que las mismas han sido liquidadas por la demandada, lo que acredita mediante el documento nº 8 que reitera a través del procedimiento y que es una fotocopia en que figura una liquidación de las obras ejecutadas por Antakoa en Sopuerta, Zurbaran, La Loma y Laukariz, por importe final de 94.482,49 euros.

La Sentencia recurrida después de analizar la prueba testifical concluye que la demandante durante los meses de noviembre y diciembre de 2007 (fechas a que se contraen las reclamaciones aquí...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR