SAP Valencia 493/2010, 8 de Septiembre de 2010

PonenteMARIA DEL CARMEN MELERO VILLACAÑAS-LAGRANJA
Número de Recurso255/2010/
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución493/2010
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 1ª

493/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

VALENCIA

Avenida DEL SALER,14 2º

Tfno: 961929120

Fax: 961929420

NIG: 46250-37-1-2010-0006071

Rollo apelación sentencia P. Abreviado Nº 255/2010 -JU

Procedimiento Abreviado - 000128/2010

JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 4 DE VALENCIA

SENTENCIA Nº 493/2010

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

Dª CARMEN LLOMBART PEREZ

Magistrados/as

D. PEDRO CASTELLANO RAUSELL

Dª CARMEN MELERO VILLACAÑAS LAGRANJA

En Valencia, a ocho de septiembre de dos mil diez.

La Sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Ilmos/as. Sres/as. anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, contra la Sentencia de fecha 03-05-2010, pronunciada por el JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE VALENCIA en el Procedimiento Abreviado con el nº128/2010, seguida por delito de VIOLENCIA DOMÉSTICA FAMILIAR contra D. Luis.

Han intervenido en el recurso, en calidad de apelante D. Luis, representado por el Procurador de los Tribunales Dª MONICA HIDALGO CUBERO y defendido por la Letrada Dª ANA MARIA SALVADOR SEBASTIA; y en calidad de apelado, el MINISTERIO FISCAL; representado por D. J. IRANZO; y ha sido Ponente el Ilma. Sra. Dª CARMEN MELERO VILLACAÑAS LAGRANJA, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, declara probados los hechos siguientes: Sobre las 12.10 horas del día 04 de marzo de 2010, Luis, nacido en Argelia el 06 de febrero de 1976, sin antecedentes penales, mantuvo una discusión con su pareja, Valentina, cuando ambos se encontraban en las proximidades del mercado de Cabañal, en el transcurso de la cual, con ánimo de atentar contra su integridad física, le abofeteó varias veces, siendo observado por agentes de la Policía Local de Valencia con c.p. núm. NUM000 y NUM001. La perjudicada no ha acudido al centro salud y no reclama por las lesiones.

SEGUNDO

El FALLO de la sentencia apelada dice: Que debo condenar y condeno a Luis como autor responsable de un delito de violencia doméstica familiar sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de SEIS MESES DE PRISION, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición para la tenencia y porte de armas por DOS años, pago de las costas procesales y la prohibición de acercarse a Valentina, a menos de 300 metros de su domicilio lugar de trabajo o cualquiera en el que se encuentre por el tiempo de UN AÑO.

Dedúzcase testimonio de particulares contra Valentina por la posible comisión de un delito contra la Administración de Justicia.

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de Luis se interpuso contra la misma recurso de apelación ante el órgano judicial que la dicto, por los motivos que desarrolla ampliamente en su correspondiente escrito.

CUARTO

Recibido el escrito de formalización del recurso, el Juez de lo Penal dio traslado del mismo a las demás partes por un plazo común de diez días para la presentación, en su caso, de los correspondientes escritos de impugnación o de adhesión al recurso. Transcurrido dicho plazo, se elevaron a esta Audiencia Provincial los autos originales con todos los...

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