SAP Madrid 152/2010, 10 de Febrero de 2010

PonenteJOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
ECLIES:APM:2010:814
Número de Recurso434/2009
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución152/2010
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION Nº 434/09 RP

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 367/09

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 MADRID

MAGISTRADOS ILUSTRISIMOS SEÑORES:

Dña. Manuela Carmena Castrillo

Don Ramiro Ventura Faci

Don José Luis Sánchez Trujillano

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al margen de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 152/10

En la Villa de Madrid, diez de febrero de dos mil diez.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados doña Manuela Carmena Castrillo, don Ramiro Ventura Faci y don José Luis Sánchez Trujillano, ha visto los recursos de apelación interpuestos por el Procurador de los Tribunales don Álvaro Ignacio García Gómez en nombre y representación de, doña Azucena y por el Ministerio Fiscal contra la sentencia dictada con fecha trece de julio de dos mil nueve, en procedimiento abreviado 367/09 por el Juzgado de lo Penal nº 1 de los de Madrid. El Ilustrísimo Sr. Magistrado don José Luis Sánchez Trujillano actúa como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha trece de julio de dos mil nueve, se dictó sentencia en Procedimiento Abreviado 367/09, del Juzgado de lo Penal nº 1 de los de Madrid .

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

Probado y así se declara expresamente, que el día 23 de junio de 2009, la acusada Azucena (mayor de edad, sin antecedentes penales) fue sorprendida por agentes de movilidad conduciendo el vehículo Chevrolet, matrícula ....-PWP, por las inmediaciones de la Plaza de Santa Ana de esta ciudad de Madrid, careciendo del permiso o licencia que la habilite para ello y que no ha obtenido nunca

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Azucena, en quien no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como autora de un delito contra la seguridad vial, a la pena de mula de doce meses, a razón de una cuota diaria de tres euros (3 euros) y al pago de las costas del proceso, si las hubiere"

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el Procurador don Álvaro Ignacio García Gómez en nombre y representación procesal de doña Azucena y por el Ministerio Fiscal.

TERCERO

Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

HECHOS PROBADOS

No se acepta ni se da por reproducida la relación de hechos probados que se contiene en la sentencia combatida, que ha de ser sustituida por la siguiente:

El día 23 de junio de 2009 Azucena fue sorprendida por agentes de movilidad -que habrían de prestar sus servicios para el Ayuntamiento de Madrid- cuando conducía su vehículo, un Chevrolet Kalos con

....-PWP, por las inmediaciones de la plaza de Santa Ana de Madrid -de hecho fue interceptada por circular por una vía de acceso restringido-.

Requerida para que proporcionara la documentación que le habilitaba para conducir, Azucena no la proporcionó.

Se desconoce -en los términos que, seguidamente, se van examinar- si Azucena posee o no licencia de conducción para tal vehículo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el Ministerio Fiscal y la Proc. Sra. García Gómez, en la representación procesal que ostenta de Azucena, contra la sentencia de 13 de julio de 2009, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de los de esta Villa de Madrid, en la causa registrada en el...

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