STSJ Cataluña 992/2010, 17 de Septiembre de 2010

PonenteMARIA FERNANDA NAVARRO ZULOAGA
ECLIES:TSJCAT:2010:7719
Número de Recurso218/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución992/2010
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación nº 218/2008

Parte apelante: GENERALITAT DE CATALUNYA

Representante de la parte apelante: LETRADO GENERALITAT

Parte apelada: Germán

Representante de la parte apelada: JAUME CASTELL NADAL

S E N T E N C I A Nº 992/2010

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EDUARDO BARRACHINA JUAN

MAGISTRADOS

Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT

Dª Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de septiembre de dos mil diez

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 15/01/2008 el Juzgado Contencioso Administrativo 6 de Barcelona, en el Procedimiento abreviado seguido con el número 217/2006, dictó Sentencia estimatoria del recurso interpuesto contra la Resolución de 18/7/05, de la comisión de valoración del concurso para la provisión de puestos de trabajo del "Cos de Mossos d'Esquadra". Sin expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.

TERCERO

Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 13 de septiembre de 2010.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la Generalitat de Catalunya se interpone recurso contra la sentencia del Juzgado contencioso-administrativo nº 6 de los de Barcelona que estima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la desestimación por silencio del recurso de alzada formulado por el recurrente contra la resolución de 18 de julio, de la comisión de valoración del concurso para la provisión de puestos de trabajo de la categoría de mosso del cuerpo de mossos de esquadra, convocatoria aprobada por la resolución INT/459/2005, de 21 de febrero, por la que se hace pública la lista definitiva de méritos y destinaciones asignadas a los aspirantes.

SEGUNDO

Para la resolución del presente recurso conviene tener a la vista el redactado de la Base cuya interpretación en la sentencia apelada discute la Administración recurrida, no sin antes precisar que como recuerda la Sentencia del Tribunal Supremo Sala 3ª Sección 7ª, de 24 de marzo de 1998, dictada en interés de Ley:

"...las bases de las convocatorias vinculan a la Administración y a los Tribunales o Comisiones de Selección y a quienes participen en las mismas, así como también establecen que las convocatorias pueden ser recurridas, pero lógicamente dentro de los plazos legales previstos al efecto, sin que pueda aceptarse la tesis de las partes entonces recurrentes en orden a admitir tal posibilidad impugnatoria junto al acto final de resolución del concurso, puesto que ello iría en contra del principio de seguridad jurídica que, sin duda, inspiró el art. 13.4 del Real Decreto 2223/1984, de 19 diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, según dichas sentencias, criterio este que, además, ha sido...

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