STSJ Aragón 708/2010, 29 de Septiembre de 2010
Ponente | MARIA ISABEL ZARZUELA BALLESTER |
ECLI | ES:TSJAR:2010:1355 |
Número de Recurso | 204/2010 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 708/2010 |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.1
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00708/2010
T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.1 Sección 001
N.I.G: 50297 33 3 2010 0101223
Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0000204 /2010
Sobre PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000311 /2009
De D/ña. EXTRANJERIA
Letrado:
Procurador: MARIA DEL CARMEN REDONDO MARTINEZ
Contra D/ña. ADMINISTRACION DEL ESTADO
Letrado: ABOGADO DEL ESTADO
Procurador:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
- SECCION PRIMERA RECURSO DE APELACION Nº 204 de 2.010.
S E N T E N C I A N º 708 DE 2010
ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. RICARDO CUBERO ROMEO MAGISTRADOS: D. JESÚS MARIA ARIAS JUANA
Dª ISABEL ZARZUELA BALLESTER Dª NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS ====================================
En Zaragoza, a veintinueve de septiembre de dos mil diez.
En nombre de S. M. el Rey.
VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON, Sección Primera, en grado de apelación, el recurso número 311 de 2009, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca, rollo de apelación nº 204 de 2010, a instancia de D. Jose Enrique, representado por la Procurador Dª María Carmen Redondo Martínez y asistido por la Letrado Dª Lourdes Montorio; y como apelada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y asistida por el Abogado del Estado; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª ISABEL ZARZUELA BALLESTER.
Con fecha 16 de marzo de 2010, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Huesca, dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO. Desestimar el recurso P. Abreviado nº 311/09 interpuesto por D. Jose Enrique, con la representaron y defensa antes expresada, contra la actuación administrativa impugnada que se ratifica por ser conforme a derecho. Sin costas.".
Contra la anterior resolución se interpuso por la representación de la actora recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, y dado traslado a la parte contraria formuló alegaciones la Administración demandada solicitando la desestimación del recurso, siendo remitidas las actuaciones a esta Sala.
Turnado a esta Sección Primera el recurso, y formado el correspondiente rollo, se celebró la votación y fallo el día señalado, 23 de septiembre de 2010.
La sentencia apelada desestima el recurso interpuesto por la representación del recurrente contra la resolución del Delegado del Gobierno en Aragón, de 6 de marzo de 2009, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la del Subdelegado del Gobierno en Huesca, de fecha 27 de enero de 2009, que denegó al recurrente la renovación de la autorización de Residencia y Trabajo por cuenta ajena por no cumplir los requisitos del artículo 54. 3, 4 y 5 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre .
Entiende el Tribunal de instancia que no es aplicable al caso la posibilidad de renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena prevista en el art. 54.3 del Reglamento de extranjería porque del expediente administrativo y de la documentación aportada, sobre todo del informe de vida laboral, resulta que durante la vigencia de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena...
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