STSJ Comunidad de Madrid 720/2010, 17 de Septiembre de 2010

PonenteMARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA
ECLIES:TSJM:2010:14085
Número de Recurso155/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución720/2010
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

RSU 0000155/2010

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00720/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001

Recurso de Suplicación nº 155/2010

Sentencia nº 720/10

L

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

IGNACIO MORENO GONZALEZ ALLER

JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA

En MADRID, a diecisiete de Septiembre de dos mil diez, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 001 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo

prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado el siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 155/2010, formalizado por el Sr. Letrado D. FERNANDO ALVAREZ VILLAR, en nombre y representación de Sagrario, contra la sentencia de fecha 8 de octubre de 2009, dictada por Juzgado de lo Social nº 30 de MADRID en sus autos número 882/2009, seguidos a instancia de la citada recurrente frente a "METRO NEWS, SL", en reclamación por CANTIDAD, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

  1. - Dª Sagrario prestó servicios a la demandada Metro News SL, como Directora Comercial (Sales Manager), con salario de 8.168,11 euros/mes (nómina f/15 documental empresa) más un plus de no concurrencia de 2.000 euros/mes.

  2. - En un marco de dificultad económica (que ha terminado con el cierre del diario de difusión gratuita que editaba, ratificado por la testifical) y ante un proyecto de fusión con otra empresa, conocido en las comunicaciones internas por las siglas de IV (Joint Venture o empresa conjunta) la empresa ofreció a sus cargos principales ( Jose Manuel ) (conocido por las siglas MD o Managing Director General), Xavi Vieta (CFO, Director Financiero) Sagrario (SD, Sales Director o Directora de Ventas)) un bonus dividido en 3 partes, una sobre ventas, otra por el logro de la fusión (en el que no está incluída la demandante por estimarse que "no tiene bonus cualitativo fuerte" en este apartado) y el tercero, de permanencia, para "hacer de la JVC (fusión) un éxito operativo" en cuantía de dos meses para el Director General y el hoy demandante (siempre suponiendo el éxito de la fusión) (correo electrónico de 21/08/08 y su traducción folios 4 y 9 de la documental de la demandada por reproducido).

  3. - El 26/08/08 el mismo Jose Manuel remite otro correo (f/8 y f/1 documental demandada) con el programa de bonus de los citados, cuyo numeral 1 (SD, es decir, la hoy demandante) indica primero un importe de 35.000 euros, 50% basado en las ventas netas y 50% cualitativo basado en luz verde JV (fusión) y "adicionalmente" dos meses de salario (parte fija) por permanecer en Metro-España hasta 31 de diciembre 2008 pagadero en enero 2009. Este texto se le envía a la actora el 12/09/2008 (doc. 1 dda).

  4. - Ninguno de los complementos se llegó a abonar al no alcanzarse objetivos y en concreto no se percibió el complemento de permanencia, aunque la demandante se lo recordó al director financiero (también afectado), como reconoció éste, en un correo electrónico.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Sagrario contra METRO NEWS SL, absuelvo a la citada de las pretensiones dirigidas en su contra".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza...

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