STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Febrero de 1999

PonenteJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
Número de Recurso1694/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Febrero de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 2ª

Recurso nº 1694/97 SENTENCIA N° 246 Iltmos Sres.:

Presidente D. JOSE FÉLIX MÉNDEZ CANSECO Magistrados Dña. FÁTIMA ARANA AZPITARTE Dña. MARÍA FRANCISCA ROSAS CARRIÓN D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ D JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA En la ciudad de Madrid, a 26 de febrero de 1999.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Madrid (sección 2ª) ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 1694/97, interpuesto por Contenedores de Leganés S.L., representado y dirigido por el letrado Sr. Gil de la Parra contra el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador Sr. Morales Price y asistido por sus Servicios Jurídicos, sobre sanción por incumplimiento de regulación en materia de contenedores. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora en escrito presentado en la secretaría de esta Sala en fecha 14 de mayo de 1997 interpuso el presente curso contra el Decreto del Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Madrid de 12 de marzo de 1997 por el que se desestimaba el recurso formulado en fecha 25 de octubre de 1996 contra el acuerdo de 3 de octubre del mismo año del Concejal-Presidente de la Junta de Distrito de Carábanchel que imponía al recurrente la sanción de 15.000 ptas. de multa por infracción en materia de normativa de contenedores.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la ley reguladora de esta jurisdicción , habiendo despachado la parte actora y demandada el trámite conferido en la demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de Derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la estimación de la demanda con la consiguiente declaración de nulidad de la resolución impugnada por la parte actora, y respecto de la Administración demandada su desestimación, por entender que dicha resolución es conforme a derecho.

TERCERO

Continuado el proceso por sus trámites, presentaron las partes con posterioridad y por su orden, sus escritos de conclusiones sobre fundamentos y pretensiones de la demanda y contestación señalándose día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha de 25 de febrero de 1999.

CUARTO

En la substanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo de 15.000 ptas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna el Decreto del Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Madrid de 12 de marzo de 1997 por el que se desestimaba el recurso...

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