SAP Teruel 11/2010, 20 de Enero de 2010

PonenteJUAN CARLOS HERNANDEZ ALEGRE
ECLIES:APTE:2010:10
Número de Recurso230/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución11/2010
Fecha de Resolución20 de Enero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TERUEL

SENTENCIA: 00011/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL

Rollo de apelación civil núm. 230/09

Juzgado de 1ª Instancia de Calamocha

Procedimiento Ordinario núm. 409/08

SENTENCIA NÚM 11

En la Ciudad de Teruel a veinte de enero de dos mil diez. Esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados Ilmos.

Señores D. Fermín Francisco Hernández Gironella, presidente, D.ª María de los Desamparados Cerdá Miralles, y D. Juan Carlos Hernández Alegre, suplente y ponente en estos autos, ha visto y examinado el rollo de apelación civil núm. 230/09, incoado para la resolución del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia de Calamocha en el procedimiento ordinario núm. 409/08, seguido en el ejercicio de una acción reclamación de cantidad por incumplimiento contractual, a instancia de la mercantil "CONSTRUCCIONES BARRADO GARCÍA, S.L." con domicilio social en Calamocha, calle Melchor de Luzón, núm. 2, provista de la C.I.F. núm. B-44105567, representada ante esta Audiencia por la Procuradora D.ª Isabel Pérez Fortea, bajo la dirección técnica del Letrado D. Paulino Esteban Pérez; contra la mercantil demandada "ÁRIDOS Y TRANSPORTES DEL JILOCA, S.L." con domicilio social Calamocha, Avenida de la Estación Nueva núm. 30, provista de la C.I.F. núm. B-44005981, representada ante esta Audiencia por la Procuradora D.ª Asunción Lorente Bailó, y defendida por el Letrado

D. Juan José Roa Malo.

Ha sido parte apelante la demandante "Construcciones Barrado García, S.L.", y parte apelada la mercantil demandada "Áridos y Transportes Jiloca, S.L.". Se dicta la presente resolución, que expresa el parecer unánime del Tribunal, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 1 de septiembre de 2009 el Juzgado de 1ª Instancia de Calamocha dictó sentencia en el procedimiento ordinario núm. 409/08, con la siguiente parte dispositiva: "FALLO.-Debo desestimar la demanda interpuesta por CONSTRUCCIONES BARRADO GARCÍA contra ÁRIDOS Y TRANSPORTES DE JILOCA, S.L., y en su consecuencia, le absuelvo de todas las peticiones que se dirigían contra ella, imponiendo las costas al demandante".

SEGUNDO

Publicada y notificada la anterior sentencia, por la representación procesal de la demandante "Construcciones Barrado García, S.L.", se presentó el día 9 de septiembre de 2009 escrito solicitando del Juzgado que tuviera por preparado recurso de apelación contra la sentencia.

En providencia del Juzgado del día 14 de septiembre se tuvo por anunciado el anterior recurso y se concedió a la parte apelante el plazo de 20 días para que lo interpusiera por escrito. Trámite que evacuó esa parte mediante la presentación del escrito de formalización del recurso el día 15 de octubre de 2009, en el que, tras exponer como fundamento del mismo error en la apreciación de la prueba, solicitaba de la Sala una resolución que revocase la de instancia, estimase la demanda y condenase a la mercantil demandada "Áridos y Transportes Jiloca, S.L." a abonar a su representada la cantidad de 364.494,76 euros, más los intereses legales que pudieran corresponder y con expresa imposición de costas a la mercantil demandada.

Dicho recurso fue admitido en providencia de fecha 16 de octubre, en la que se acordaba dar traslado del mismo a la otra parte para que en el plazo de diez días pudiera presentar escrito de impugnación o de adhesión al recurso.

TERCERO

El día 9 de noviembre de 2009 la representación procesal de la mercantil demandada "Áridos y Transportes Jiloca, S.L." presentó escrito de impugnación del recurso interpuesto por la mercantil demandante, solicitando, tras exponer las alegaciones que consideró pertinentes en defensa de sus pretensiones, la desestimación del mismo y la confirmación íntegra de la sentencia recurrida, con expresa imposición de las costas del recurso a la parte apelante.

En providencia del Juzgado del día 10 de noviembre de 2009 se acordó elevar las actuaciones originales a esta Audiencia Provincial competente para la resolución del recurso, previo emplazamiento a las partes para que comparecieran en el término legal.

CUARTO

El día 3 de diciembre del presente año se recibieron en esta Audiencia Provincial las actuaciones originales, junto con los escritos de interposición y de impugnación del recurso; donde el día nueve siguiente se acordó la incoación del oportuno rollo para la tramitación del recurso, designándose al mismo tiempo, por turno de reparto, magistrado ponente. En dicho rollo comparecieron las representaciones procesales de la demandante apelante "Construcciones Barrado García, S.L." y de la mercantil demandada "Áridos y Transportes Jiloca, S.L.", con las que se entendió las sucesivas diligencias. No estimándose necesaria la celebración de vista, se acordó señalar para deliberación y votación del recurso el día 7 de enero de 2010. En fecha 4 de enero se acordó, dado que el magistrado designado ponente se encontraba ausente disfrutando de un permiso vacacional, completar la Sala con el magistrado suplente que se hizo...

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