AAP Madrid 483/2010, 30 de Abril de 2010

PonenteMARIA JESUS CORONADO BUITRAGO
ECLIES:APM:2010:7424A
Número de Recurso195/2010
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución483/2010
Fecha de Resolución30 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION: 195/10 RT

PROCEDIMIENTO: ABREVIADO 3532/08

JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 19 MADRID

A U T O Nº 483/10

ILUSTRISIMOS SEÑORES MAGISTRADOS:

Don Ramiro Ventura Faci

Doña María Jesús Coronado Buitrago

Doña Rosa Brobia Varona

En Madrid, a treinta de abril de dos mil diez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En esta Sección se tramita Recurso de Apelación nº 195/10, interpuesto por el Ministerio Fiscal, contra el auto que estima parcialmente el recurso de reforma interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto de seis de enero de dos mil diez que declara falta el hecho que motivó la incoación de las diligencias de fecha diecinueve de febrero de dos mil diez, en Procedimiento Abreviado nº 3532/08 procedente del Juzgado de Instrucción nº 19 de los de Madrid.

SEGUNDO

Contra dicho auto formuló recurso de apelación el Ministerio Fiscal que se tuvo por interpuesto por diligencias de ordenación de fecha cinco de marzo de dos mil diez, dándose traslado para alegaciones a las demás partes personadas. Elevadas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando dispuesto para resolución.

La Ilustrísima Señora Magistrada doña María Jesús Coronado Buitrago actuó como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el Ministerio Fiscal el Auto dictado por la Juez de Instrucción del Juzgado de Instrucción nº 19 de Madrid de 19 de Febrero de 2.010 que desestima el recurso de Reforma interpuesto igualmente por el Ministerio Público contra el Auto dictado en el procedimiento en fecha 21 de Enero anterior que declaraba falta los hechos que habían motivado la incoación de las diligencias previas.

Se fundamenta el recurso en que la Juez de la instancia no ha tenido en cuenta el IVA como parte del precio contrariando asó el tenor literal del articulo 365 párrafo segundo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

, que indica expresamente como precio a tener en cuenta el precio de su venta al público en el que obviamente está comprendido el IVA repercutido.

El recurso no merece su estimación.

Tienen su origen el procedimiento en el atestado de la Comisaría de Policía de Fuencarral El Pardo nº NUM000 instruido por unos hechos que supuestamente tuvieron lugar a las 11,47 horas del día 21 de Mayo de 2.008 en los que aparecía encartado Hipolito por la supuesta sustracción de cinco juegos PC (Call of Duty) valorados por el Establecimiento Comercial "El Corte Inglés" de la calle Monforte de Lemos en 299,75 euros. Y otros que supuestamente también habrían tenido lugar a las 12,51 horas del mismo día imputados a la misma persona y que habrían consistido en la supuesta sustracción de tres videojuegos valorados por el Establecimiento "Alcampo" de la misma calle en 147,88 euros.

El artículo 74.2 del Código Penal en lo que se...

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