SAP Alicante 357/2010, 11 de Mayo de 2010

PonenteALBERTO FRANCISCO FACORRO ALONSO
ECLIES:APA:2010:1617
Número de Recurso61/2008
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución357/2010
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

ALICANTE

PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta

Tfno: 965.93.59.39-40

Fax: 965.93.59.51

NIG: 03014-37-1-2008-0006586

Procedimiento: Rollo Sala (sumario) Nº 000061/2008- Dimana del Sumario Nº 000003/2008

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ELDA

SENTENCIA Nº 000357/2010

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente:

D. ALBERTO FACORRO ALONSO

Magistrados/as:

D. ANTONIO GIL MARTÍNEZ

D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO

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En Alicante, a once de mayo de dos mil diez.

Sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Ilmos/as. Sres/as. anotados al margen, ha deliberado las presentes actuaciones devueltas por la Sala Segunda del Tribunal Supremo la causa instruida con el numero Sumario nº 000003/2008 por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ELDA, por delito de Agresión sexual, contra Norberto, vecino de ELDA, nacido en RUMANIA, el 10/02/66, hijo de MILUTA y de MARIA, representado/s por el/la Procurador/a Sr./a. IRENE MARTINEZ LOPEZ, y defendido/s por el/la Letrado/a Sr./a. GONZALO CALATAYUD CANOVAS; en libertad por esta causa, siendo parte en las presentes diligencias el Ministerio Fiscal representado en su día por D/Dª El Iltmo. Sr. Fiscal D. JOSÉ ANTONIO ROMERO, actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado

D. ALBERTO FACORRO ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugar el día 28/5/2009 se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el número 3/2008 por el JUZGADO Nº 3 DE ELDA, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito de Agresión Sexual de los artículos 179, 180 1 y 5, 16 y 62 del vigente Código Penal, de cuyo delito consideró autor al procesado, con la concurrencia, como circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, de la agravante de Reincidencia de los artículos 22. nº 8 del Código Penal, por lo que solicitó se impusiera a dicho procesado la pena de 12 Años de Prisión, suspensión del derecho de sufragio, costas y una indemnización de 420 Euros por las lesiones y 600 Euros por el perjuicio moral.

TERCERO

La defensa, en el mismo trámite solicitó la libre absolución y alternativamente por el delito de Abuso Sexual del artículo 181 del Código Penal en grado de tentativa que se le impusiese pena de multa.

CUARTO

El Misterio Fiscal retiró en el acto del Juicio Oral la acusación contra Luis Pedro y la acusación contra el procesado Norberto por el delito de Detención Ilegal.

QUINTO

Por la Sala Segunda del Tribunal Supremo se dicto sentencia en fecha uno de marzo pasado por la que se estimaba el recurso de casación interpuesto por la representación de Norberto y se anulaba la dictada por esta Sala en fecha uno de junio de dos mil nueve para que reponiendo las actuaciones al momento de dictar sentencia se le diese a ésta nueva redacción que incluyese motivación suficiente acerca de la prueba de los hechos.

SEXTO

Por esta Sala se interesó a la recepción de las actuaciones la transcripción del acta del juicio oral señalándose para la deliberación el día de la fecha.

  1. HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El día 21-8-2008 a las 20:30 horas el acusado Norberto, mayor de edad, y ejecutoriamente condenado en sentencia firme de 12-6-08 por un delito de abuso sexual, abordó a Alicia, que se encontraba en la localidad de Elda, esperando el autobús hacia Sax, a la que conocía, y le propuso ir a su domicilio para tomar un café, accediendo Alicia, llegando ambos a la hora indicada al domicilio del acusado sito en DIRECCION000 nº NUM000, NUM001, de Elda, llevando el acusado a Alicia a su habitación.

Y tras un largo lapso de tiempo en que estuvieron conversando e ingiriendo algunas bebidas alcohólicas, le propuso mantener relaciones sexuales y ante su negativa la golpeó intentó despojarla de su ropa, manifestándole Alicia que accedía si le permitía ducharse antes, y el acceder el acusado, esta logró salir a la calle desnuda, y al topar con un coche de la Policía Local, solicitó su auxilio, procediendo los agentes a proporcionarle una manta para que se cubriese con la misma; y posteriormente a acudir al referido domicilio y detener al procesado.

No constando indubitadamente que le hubiese amenazado con un cuchillo, ni que le hubiese causado lesión alguna.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Habiendo obtenido la Sala la convicción acerca de los hechos declarados como probados principalmente de la declaración de la víctima y testigo en la causa pues su contemplación debe efectuarse a la luz de la doctrina jurisprudencial y doctrina del Tribunal Constitucional que considera que la declaración de un único testigo, aun en el caso de que sea la víctima del delito, puede ser prueba de cargo apta y bastante para enervar la presunción de inocencia de acusado. De no otorgarse la debida relevancia a este tipo de pruebas se crearían ámbitos de manifiesta impunidad, en aquellos delitos que de ordinario se cometen en la clandestinidad, que es buscada de propósito por el sujeto activo.

Y en ella manifestó: "Que estaba esperando el autobús y encontró a un conocido. Que el autobús de Sax salía a las 9 horas y se encontró con...

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