SAP Barcelona 518/2010, 3 de Mayo de 2010
Ponente | ELENA GUINDULAIN OLIVERAS |
ECLI | ES:APB:2010:4866 |
Número de Recurso | 235/2009 |
Procedimiento | APELACIóN FALTAS |
Número de Resolución | 518/2010 |
Fecha de Resolución | 3 de Mayo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª |
SECCIÓN QUINTA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
ROLLO NÚM.235/2009
JUICIO DE FALTAS NÚM. 323/2009
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 4 DE MANRESA
SENTENCIA
En la Ciudad de Barcelona, a tres de mayo de 2010
Visto, en grado de apelación, por la Ilma. Sra. Magistrada de la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial Dª ELENA GUINDULAIN OLIVERAS, el juicio de faltas de las referencias al margen, seguido por una falta de daños, en el que fueron partes, el Ministerio Fiscal, Doña Tomasa como denunciante y Don Esteban como denunciado; que pende ante esta Sección en virtud de recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Maria Soledad López Garcia en nombre y representación de Don Esteban contra la sentencia dictada en este procedimiento el día 31 de agosto de dos mil nueve y siendo apelada Doña Tomasa .
La parte dispositiva de la Sentencia dice: "FALLO: Condeno a Esteban, como autor responsable de una falta contra el patrimonio, a la pena de multa de quince días con una cuota diaria de cuatro euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y que tratándose de multa podrá cumplirse mediante localización permanente y, al pago de las costas procesales.
Condeno a Esteban, como responsable civil directo a indemnizar a Doña Tomasa en la cantidad de 155 euros.
Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se han seguido los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ELENA GUINDULAIN OLIVERAS.
HECHOS PROBADOS
Se modifica el relato de hechos de la sentencia recurrida que dice:
Entre las fechas 6 y 11 de enero de 2.009 el denunciado Don Esteban desde su domicilio sito en la CALLE000 nº NUM000 - NUM001 piso NUM002 NUM003, que se encuentra justo encima de la vivienda de la denunciante procedió a tirar desde su balcón un liquido presuntamente lejía, manchando las piezas de ropa que la denunciante tenia tendidas en su tendedero, así como también alpiste y excrementos de los pájaros que el denunciado cuida en su balcón, causando de este modo a la denunciante daños en las piezas de ropa que quedan acreditados a través del acta de inspección ocular extendida por los agentes del cuerpo de Mossos d'Esquadra en fecha 11 de enero de 2009, y su valoración acreditada a través de la peritación judicial efectuada en fecha 23 de marzo de 2.009.
Los daños ocasionados en las piezas de ropa tendidas ascienden a la cantidad de 155 euros tal como se desprende del peritaje judicial obrante en autos.
Se declaran probados los siguientes hechos:
Entre las fechas 6 y 11 de enero...
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