SAP Asturias 161/2010, 30 de Abril de 2010
Ponente | JOSE ANTONIO SOTO-JOVE FERNANDEZ |
ECLI | ES:APO:2010:1044 |
Número de Recurso | 96/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 161/2010 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
OVIEDO
SENTENCIA: 00161/2010
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000096 /2010
NÚMERO 161
En OVIEDO, a treinta de Abril de dos mil diez, la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, compuesta por
Don Francisco Tuero Aller, Presidente, Doña Nuria Zamora Pérez y Don José Antonio Soto Jove Fernández, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:
S E N T E N C I A
En el recurso de apelación número 96/2010, en autos de Juicio Verbal nº 369/2009, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Luarca, promovido por DOÑA Dolores, demandante en primera instancia, contra DON Constancio, demandado en primera instancia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don José Antonio Soto Jove Fernández.-
Que el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Luarca dictó Sentencia con fecha veintiséis de octubre de dos mil nueve cuya parte dispositiva dice así: Que desestimando parcialmente la impugnación de la propuesta de inventario realizada, debo declarar y declaro la inclusión en el activo del inventario de bienes gananciales de la furgoneta matrícula O-0096- BU. En consecuencia, declaro la exclusión del activo del mismo del nicho nº 3, galería 20, zona C (nuevos) del Cementerio Parroquial de Luarca, así como de la relación de mobiliario propuesta por la parte demandada.
Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día veintisiete de Abril de dos mil diez .TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-
En su recurso la apelante reitera su pretensión de inclusión en el activo de la sociedad de gananciales en liquidación de determinado nicho del cementerio parroquial de Luarca, petición que ha de ser rechazada, en la vista del presente procedimiento declaró como testigo el sacerdote que lleva la gestión de dicho camposanto y si bien es cierto que el visionado del soporte de grabación audiovisual de la vista permite apreciar que el testigo afirma respecto a un documento confeccionado total o parcialmente a mano que lo hizo él "salvo lo que está escrito aquí arriba que no es letra mía"...
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