STSJ Cataluña , 20 de Julio de 2001

JurisdicciónEspaña
Fecha20 Julio 2001

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA Sala Civil y Penal ROLLO APELACIÓN N1 6 / 2.001 Procedimiento Jurado n 25/00-Audiencia Provincial de Barcelona-Oficina Jurado Causa núm. 1/98 Juzgado de Instrucción núm. 2 de Granollers.

SENTENCIA NÚM. 11 Ilma. Sra. Presidente:

Núria Bassols Muntada Ilmos. Sres. Magistrados Ponç Feliu i Llansa Lluís Puig i Ferriol En Barcelona a veinte de julio de dos mil uno. La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha visto el presente rollo formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto por el condenado D. Juan Miguel representado por el Procurador Don ELADIO BUSTAMENTE FLORES y dirigido por el Abogado D.ALEXANDRE CIRBAU COLL- contra la Sentencia de fecha 9 de marzo pasado dictada por la Magistrada-Presidente del Tribunal del Jurado en el procedimiento jurado núm. 25/00, que dimanda de la causa jurado 2/98 procedente del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Granollers, Ha sido parte apelada la acusación particular, compuesta por D. Carlos e Raquel ambos representados por la Procurador Dª CARMEN RAMI VILLAR y defendidos por el letrado D. P. PEREZ CANO. Ha sido también parte apelada el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el procedimiento jurado antes mencionado y con fecha 9 de marzo pasado, la Magistrada-Presidente del Tribunal del Jurado dictó Sentencia con los siguientes HECHOS PROBADOS:

"ÚNICO.- Se considera probado y así se declara que el día 16 de noviembre de 1998 sobre las 00.00 horas y en las inmediaciones del Bar "Los Paco's" sito en la calle Torreta n 1 5 de Granollers, Juan Miguel , pinchó en el abdomen con una navaja de 7 cm de largo y 1 cm de ancho de hoja a Roberto , causándole una herida inciso punzante que, penetrando en el mismo, afectó al peritoneo, a la arteria mesentérica y a la vena cava inferior en la que causó un corte de 1 cm lo que originó una hemorragia interna masiva que provocó su fallecimiento por shock hipovolémico a las 03,50 horas del mismo día, fallecimiento que no pudo ser evitado a pesar de la intervención quirúrgica a la que fue sometido.

Juan Miguel pinchó con la navaja que tenía en la mano, la parte central del abdomen de Roberto sin intención directa de causarle la muerte, pero conociendo que por el arma que empleaba y la zona en que la clavaba existía una gran probabilidad de causársela pese a lo cual la clavó.

El acusado había ingerido, desde las 21.00 horas del día de autos hasta el momento en que acaecieron los hechos bebidas alcohólicas en una cantidad tal que comportaba la presencia de 1.5 a 2 gr. De alcohol en sangre de manera que sus facultades para conocer el alcance de sus actos y la voluntad para controlar sus impulsos se hallaban levemente afectadas Roberto estaba casado con Raquel con la que tenía dos hijos, Mariana y Carlos . La mencionada Sentencia contiene la siguiente parte dispositiva: "

FALLO

Que debo condenar y condeno a Juan Miguel , como autor responsable de un delito de homicidio, concurriendo la atenuante analógica de embriaguez, a la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, así como a satisfacer las costas procesales.

Igualmente se impone al acusado la pena accesoria de prohibición de regreso al lugar de los hechos durante un tiempo de dos años y medio a cumplir una vez cumplida la pena privativa de libertad.

Juan Miguel abonará en concepto de responsabilidad civil a Raquel la cantidad de 10.000.000 de ptas y 5.000.0000 de ptas a cada uno de sus hijos Mariana y Carlos .

Para el cumplimiento de la pena que se impone se abona al acusado el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa" .

Segundo

Contra la expresada resolución, el condenado D. Juan Miguel interpuso recurso de apelación, que se ha tramitado conforme a la Ley, habiéndose señalado para la vista del recurso la audiencia del día 19-7-2001, fecha en la que tuvo lugar con el resultado que consta en la correspondiente acta extendida a tal efecto.

Ha actuado como Ponente el Magistrado de la Sala Ilmo. SR. D. Ponç Feliu i Llansa.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de Instancia condena a Juan Miguel como autor de un delito de homicidio, con la atenuante analógica de embriaguez, a la pena de diez años de prisión, inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena...

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